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La dura frase de Juan Bautista Alberdi citada en el fallo que frena la reforma laboral de Javier Milei

Uno de los jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que suspendió la reforma laboral planteada en el mega DNU de Javier Milei apeló a una frase de Juan Bautista Alberdi, prócer alabado por la militancia libertaria, para argumentar la decisión adoptada este miércoles.

El ribete irónico de la medida tomada por la justicia aparece entre los argumentos y explicaciones realizadas por el magistrado José Alejandro Sudera sobre la decisión de hacer lugar al planteo de la CGT en lo que constituyó el primer revés judicial del gobierno de La Libertad Avanza.

Sudera cita la obra Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, a la que considera “inmortal” y de la cual recuerda que “obró como una de las fuentes materiales de la Constitución Nacional de corte liberal de 1853 Juan Bautista Alberdi”.

Y cita: ‘¿Qué importa que las leyes sean brillantes, si no han de ser respetadas? Lo que interesa es que se ejecuten, buenas o malas; ¿pero, cómo se obtendrá su ejecución si no hay un poder serio y eficaz que las haga ejecutar? ¿Teméis que el ejecutivo sea su principal infractor? En tal caso no habría más remedio que suprimirlo del todo. ¿Pero podríais vivir sin gobierno? ¿Hay ejemplo de pueblo alguno sobre la tierra que subsista en un orden regular sin gobierno alguno? No: luego tenéis necesidad vital de un gobierno o poder ejecutivo. ¿Lo haréis omnímodo y absoluto, para hacerlo más responsable, como se ha visto algunas veces durante las ansiedades de la revolución? No: en vez de dar el despotismo a un hombre, es mejor darlo a la ley. Ya es una mejora el que la severidad sea ejercida por la Constitución y no por la voluntad de un hombre. Lo peor del despotismo no es su dureza, sino su inconsecuencia, y sólo la Constitución es inmutable. Dad al poder ejecutivo todo el poder posible, pero dádselo por medio de una Constitución’.

Pero Sudera no se queda solo con la cita textual de Alberdi. El juez realiza su propia acotación sobre el tema donde desliza un esbozo de crítica contra la metodología del decreto de necesidad y urgencia. “Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema”, afirma en el fallo.

Sudera, Andrea García Vior y Dora González (en disidencia) dictaron una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 “hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”.

Entre los argumentos que esgrimió para suspender la reforma laboral que impulsa Milei en el DNU, Sudera advierte que “los propios considerandos de dicho DNyU traducen -al menos en lo que respecta a la materia laboral- que no se evidenciaría objetivamente la ‘necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas”.

Uno de los aspectos del DNU más cuestionados por la CGT contempla la ampliación del período de prueba hasta los 8 meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.

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