La diputada Silvana Giudici redobla la apuesta con la pauta oficial y busca derogar un decreto sobre medios
|Un día después de los anuncios del ministro de Economía, Luis Caputo, respecto a la suspensión de la pauta en medios de comunicación por el plazo de un año, la diputada nacional Silvana Giudici (Pro – CABA) presentó dos proyectos de ley: uno para la creación del RENAPPO (Registro Nacional de Proveedores de Publicidad Oficial); y otro para derogar un DNU de Alberto Fernández que modificó a la Ley de Tecnologías de la información y las Comunicaciones.
La diputada recientemente electa fue titular del Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones) durante los últimos dos años de la gestión presidencial de Mauricio Macri, y en este caso, propone en su primer proyecto que se especifique el objetivo, descripción y fundamento que justifique la campaña, organismos y entidades solicitantes y afectadas y destinatarios de los mensajes.
Asimismo, exige el costo estimado de diseño y producción, el presupuesto estimado de difusión, la oportunidad y período de ejecución en cada caso y las características que deben reunir los medios de comunicación, para que la campaña de publicidad oficial alcance los objetivos propuestos de acuerdo a lo establecido en la presente ley.
Tras ello, establece, en el proyecto de ley presentado, un presupuesto de reserva conformado con el 10% de previsto para la publicidad oficial. Y se deberá consignar en licencias, autorizaciones o habilitaciones alcanzados por la Ley 26.522 y 27.078.
Por otro lado, la segunda iniciativa presentada por la diputada Giudici exige la derogación del Decreto de Necesidad y Urgencia 690/2020 del expresidente Fernández en el cual se estableció que los servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios de los mismo serian considerados “servicios públicos esenciales y estratégicos”.
Esta medida fue lanzada por el Poder Ejecutivo durante la pancemia de coronavirus Covid-19 para regular las tarifas y precios de los servicios de telefonía móvil, en todas sus modalidades, mientras regía el Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) en todo el territorio nacional.
“Esa norma resulta cuestionable ya que al someter la prestación de tales servicios al régimen de servicio público debilita la legítima y sana competencia y, consecuentemente, se distorsiona el mercado, vulnerándose por ello la obligación que el artículo 42 de la Constitución Nacional”, explica Giudici en la iniciativa presentada.