En un fallo de alto impacto judicial, la Corte Suprema revocó la absolución de César Milani por el presunto encubrimiento en la desaparición del soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, ocurrida en Tucumán en el año 1976.
La resolución no condena de forma directa al exjefe del Ejército durante el kirchnerismo, sino que retrotrae la causa a la instancia previa a 2021. De este modo, la Cámara Federal de Casación Penal deberá conformar una nueva sala para dictar un pronunciamiento y revisar si existió encubrimiento durante la madrugada del 17 de junio de 1976.
El máximo tribunal resolvió por mayoría, con la intervención de conjueces, al hacer lugar a los planteos de la Procuración General de la Nación. El pronunciamiento contó con el respaldo de los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, sumados al conjuez Juan Ignacio Pérez Curci, quienes respaldaron los argumentos del procurador interino Eduardo Casal.
En su análisis, el procurador remarcó que las instancias previas prescindieron de valorar de forma integral la prueba reunida. “La única forma de sostener razonablemente que Milani no tenía ningún motivo para pensar que Ledo no se había fugado, sino que había sido víctima de un acto ejecutivo del plan aludido, sería admitir, ingenuamente, que el entonces joven subteniente ignoraba tanto cuál era el objetivo primordial del Ejército en la zona”, sostuvo el dictamen.
A su vez, mediante un voto concurrente, el conjuez Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas respaldó anular la absolución. Señaló que se evaluó el caso de manera abstracta como un simple trámite burocrático, sin ponderar que la víctima figuraba rotulada como marxista dentro de las estructuras de la época.
La disidencia y los fundamentos del fallo
En contraposición, el juez Carlos Rosenkrantz emitió un voto en disidencia en el que consideró adecuado confirmar la sentencia absolutoria de los tribunales inferiores. “La concreta participación de cada imputado debe ser demostrada en cada causa más allá de toda duda razonable”, remarcó.
En ese sentido, Rosenkrantz argumentó que la fiscalía no logró desvirtuar la jerarquía del acusado al momento del hecho. Advirtió que César Milani tenía 21 años, ostentaba el rango inicial de subteniente, llevaba apenas dos meses en la unidad militar y no integraba las áreas de inteligencia destinadas al esquema represivo.
La víctima, Alberto Agapito Ledo, estudiaba historia, realizaba tareas sociales junto al obispo Enrique Angelelli y militaba en el PRT. Cumplía con el servicio militar en el Batallón de Ingenieros de Construcciones 141 de La Rioja cuando fue retirado a la fuerza de su puesto, siendo visto por última vez a fines de 1976 en el Arsenal Miguel Azcuénaga.
En el expediente principal figuraba el excapitán Esteban Sanguinetti como responsable operativo directo, mientras que a Milani se le atribuyó haber confeccionado el sumario interno. El acta rubricada consignaba falsamente que el conscripto había desertado llevándose consigo todo su equipo reglamentario.
Durante el debate oral desarrollado en diciembre de 2019, el Tribunal Oral Federal de Tucumán impuso 14 años de cárcel a Sanguinetti, pero dictó la absolución de Milani por el beneficio de la duda. Dicho criterio fue ratificado a fines de 2021 por los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, motivando el recurso extraordinario de las partes querellantes.
Con 71 años de edad, la situación procesal de Milani vuelve a complejizarse en los tribunales federales. Se trata de un nuevo revés en el máximo tribunal, que semanas atrás desestimó planteos en su causa por presunto enriquecimiento ilícito de 1.500.000 pesos, sumado a su anterior juicio por privación ilegítima de la libertad en territorio riojano.


