En un fallo que impacta de lleno en la cobertura de medicamentos de alto costo por parte de las prepagas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que las empresas de medicina privada no están obligadas a financiar siempre la marca más cara si existe en el país otra opción con el mismo efecto terapéutico y a menor precio.
La sentencia, considerada inédita, marca un antecedente clave para el acceso a remedios de alto valor en todo el territorio nacional, en un contexto donde el costo de los tratamientos se ha convertido en uno de los principales desafíos del sistema de salud.
El caso OSDE y la terapia para fibrosis quística
Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el máximo tribunal hizo lugar al recurso de queja presentado por la prepaga OSDE frente al reclamo de una afiliada con fibrosis quística.
La paciente había promovido un amparo para que se le cubriera la llamada terapia triple moduladora contra la fibrosis quística, una enfermedad genética, crónica y hereditaria que afecta principalmente a los pulmones y al sistema digestivo.
La mujer reclamaba la provisión del medicamento Trikafta, de altísimo costo e importado desde Estados Unidos desde 2020. OSDE, en cambio, ofreció cubrir Trixacar, una alternativa de fabricación nacional con los mismos componentes, autorizada por la ANMAT.
Pese a esa propuesta, tanto el juzgado de primera instancia como la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal habían ordenado la cobertura total del medicamento original.
Los tribunales inferiores se apoyaron en dos argumentos centrales: por un lado, que la paciente había mostrado una mejoría marcada con Trikafta; por otro, que no existían estudios de bioequivalencia que garantizaran que la droga nacional funcionara de la misma manera.
El giro en la Corte y el rol de los peritajes
En su presentación ante la Corte, OSDE sostuvo que no existe razón legal para exigir estudios de bioequivalencia que no son obligatorios para comercializar el producto en la Argentina, y cuestionó que la Cámara hubiera puesto en duda la eficacia de Trixacar sin respaldo de los organismos técnicos.
La prepaga remarcó que ni la ANMAT ni el Cuerpo Médico Forense habían objetado la eficacia del medicamento nacional durante el proceso judicial.
De hecho, según consta en el dictamen, el propio Cuerpo Médico Forense indicó que, desde el punto de vista pericial, no surgía ninguna contraindicación para sustituir Trikafta por Trixacar.
La paciente comenzó a recibir la medicación nacional en febrero de 2022. En su resolución, la Corte subrayó que no se aportaron elementos que demostraran una desmejora en su estado de salud a partir de ese cambio de tratamiento.
Un precedente inédito para el sistema de salud
Fuentes del máximo tribunal confirmaron que es la primera vez que la Corte se pronuncia de manera específica sobre esta disyuntiva: qué ocurre cuando, para una misma patología, existen ofertas terapéuticas similares pero con una brecha de precios muy amplia.
El debate tiene especial relevancia en la Argentina, donde conviven medicamentos extranjeros con copias nacionales, en un escenario atravesado por la discusión sobre el patentamiento de especialidades medicinales y el impacto económico de los tratamientos innovadores.
En los últimos meses, el Gobierno de Javier Milei impulsó medidas para modificar ese panorama en la industria farmacéutica, en medio de tensiones entre laboratorios, financiadores y pacientes por el costo de las nuevas terapias.
La ausencia de una agencia de evaluación y la judicialización
Mientras tanto, sigue pendiente la creación de una agencia de evaluación de tecnologías sanitarias que defina con criterios técnicos qué deben cubrir las obras sociales, las prepagas y el Estado, y que funcione como referencia para los jueces en este tipo de conflictos.
El proyecto para poner en marcha ese organismo se conoció a fines de marzo de 2025, pero nunca se concretó.
En paralelo, se apuesta al plan PROMESA, un esquema de mediación destinado a descomprimir la creciente judicialización del sistema de salud.
Hoy, los reclamos por coberturas de medicamentos y tratamientos representan alrededor del 70 por ciento de las causas en los juzgados civiles y comerciales federales, una tendencia que también se replica en los tribunales y en las obras sociales y prepagas de las provincias.


