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La Corte Suprema extendió la feria judicial extraordinaria hasta el 26 de abril

En sintonía con la decisión del gobierno nacional de extender la cuarentena obligatoria en todo el país hasta el 26 de abril, la Corte Suprema de Justicia firmó una acordada para que la feria judicial extraordinaria dispuesta el 16 de marzo continúe hasta el mismo día en que, por ahora, finaliza el aislamiento preventivo.

El presidente de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz seguirá como juez de feria, junto a dos secretarios, Damián Ignacio Font y Sergio Miguel Napoli. La resolución lleva la firma de ese magistrado, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco. Los ministros Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti no firmaron porque estaban fuera de la sede del tribunal en virtud de las medidas de aislamiento, pero informaron su conformidad.

Se mantienen de esta forma y en virtud de “acompañar desde su ámbito las decisiones de las autoridades sanitarias”, ciertas cuestiones referidas ya en las acordadas firmadas el 20 de marzo y el 1 de abril en el establecimiento y primera prolongación de la cuarentena, respectivamente.

Los ministros resolvieron de esa forma mantener el horario de atención al publico para los tribunales de feria “de lunes viernes desde las 09:30 hasta las 13:30 horas” especificado en las acordadas previas y encomendar “a los distintos tribunales nacionales y federales que tengan a su cargo la superintendencia de cada fuero o jurisdicción” que designen las autoridades de feria en su jurisdicción “para atender los asuntos que no admitan demora, de acuerdo con los lineamientos expuestos en las acordadas 6 y 9 del corriente año”.

El máximo tribunal había planteado ya una especial consideración en las áreas penales vinculadas a la privación de la libertad de las personas, violencia doméstica y los delitos contra la salud pública, así como también los “delitos migratorios, la interrupción de las comunicaciones, delitos vinculados con el aprovechamiento de la calamidad, habeas corpus, delitos contra las personas, contra la integridad sexual, contra la seguridad publica y contra el orden público”.

En esta última resolución, además, la Corte se refirió también a “las causas en las que se encuentre en juego el derecho a la salud y la protección de personas con discapacidad”. Estas últimas también contempladas ahora dentro de las nuevas actividades exceptuadas en el último decreto de ampliación del aislamiento obligatorio, ya que se permitirá la circulación en breves salidas de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista y las prestaciones profesionales a domicilio destinadas a ese grupo de personas.

En las acordadas previas dispuso también habilitar a magistrados, funcionarios y empleados “el trabajo desde sus hogares” con el fin de que “no sean convocados a prestar servicio en los tribunales de guardia y puedan seguir prestándolo desde su domicilio, ello de acuerdo a lo que disponga el titular de la dependencia”.