La Convención Constituyente de Formosa eliminó la reelección indefinida, pero Insfrán podrá ser candidato en 2027
La Convención Constituyente de Formosa eliminó la reelección indefinida del gobernador y vicegobernador, pero habilitó mediante una cláusula especial y transitoria a que Gildo Insfrán pueda ser reelecto nuevamente en 2027, por lo cual su hegemonía en la provincia podría finalizar recién luego de 36 años, en el que caso de que se presente y gane las elecciones.
El organismo aprobó este miércoles por la noche la modificación del Artículo 132 de la Constitución formoseña, luego de que la Corte Suprema de Justicia declarara la inconstitucionalidad de la continuidad irrestricta en el máximo cargo ejecutivo provincial en diciembre de 2024.
El texto sancionado indica que el gobernador y el vice durarán en sus funciones cuatro años y podrán ser “reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”. A su vez, señala que en caso de ser reelectos no podrán ser elegidos para ninguno de ambos cargos, salvo por un “intervalo de un período”.
Sin embargo, la Convención, de mayoría oficialista, también definió a través de una cláusula que el actual mandato de Insfrán -el octavo desde que asumió por primera vez en 1995- será tomado como el primero, por lo que podrá volver a presentarse en 2027.
De esa forma, el mandatario de 74 años podría finalizar su extenso período como gobernador a los 80 en 2031, luego de 36 ocupando el principal cargo provincial, si se presentara y ganara en los comicios de 2027.
La modificación en la constitución provincial surgió luego de que el Máximo Tribunal de la Nación, compuesto en aquel momento por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda -retirado a fin de 2024-, declarara por unanimidad la inconstitucionalidad de la reelección indefinida en Formosa el pasado 19 de diciembre.
“Una reelección sin límites, lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien se encuentra en ejercicio del poder acumule -tras varios mandatos sucesivos- ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”, había expresado en el fallo.

