La CGT celebró la cautelar: “Pone un freno a una reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores”
|La CGT celebró este miércoles el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones de Trabajo que le puso un freno al capítulo de la reforma laboral incluido en el mega DNU del presidente Javier Milei y ratificó el paro de medio día para el miércoles 24 de enero.
“Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá vigencia”, destacó la central obrera en un comunicado.
En tanto, fuentes de la CGT habían indicado más temprano a Clarín que pese al fallo de la Justicia sigue en pie el paro de medio día convocado para el próximo 24 de enero en rechazo al decreto.
Una vez que se conoció el fallo, Héctor Daer, uno de los tres líderes de la CGT, celebró la noticia en las redes sociales.
“Con organización, unidad y compromiso, desde la CGT hemos logrado frenar el intento de reforma laboral propuesto en el DNU. No nos vencerán mientras permanezcamos unidos”, posteó Daer.
Y añadió: “Envío un fuerte y cálido abrazo a todos los compañeros que respaldan y se suman a nuestro plan de lucha. Nos encontramos el 24 en la Plaza del Congreso”.
Mas allá de la celebración de la CGT, el Gobierno ya anunció que apelará el fallo. Rodolfo Barra, como jefe de los abogados del estado, insistirá en que el tema es competencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y no del fuero laboral, como sostuvo el fiscal del fuero del trabajo Juan Manuel Domínguez.
Barra afirmará que en estos casos el fuero de atracción es el contencioso administrativo federal donde se tramitan juicios contra el estado y reclamará la vigencia del DNU 70/2023, informaron fuentes de Casa Rosada a Clarín.
El comunicado completo de la CGT
En el día de la fecha la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el expediente “CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA DEMANDADO: PODER EJECUTIVO NACIONAL S/INCIDENTE”, por mayoría de sus integrantes, dictó la SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 1 que hizo lugar al planteo de la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO, y resolvió:
“Dictar una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en la causa”.
La Cámara considera que el planteo de la CGT no coincide con el tramitado en proceso colectivo que se ventila ante la justicia contencioso administrativo federal, al que el gobierno pretendía enviar el expediente, ya que los intereses no son homogéneos con los que se ventilan en aquel, puesto que lo que se debate en la justicia laboral es el derecho del trabajo aplicable a los trabajadores de le República Argentina.
Entiende que hay circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la asunción de competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en esta contienda y el dictado de la cautela.
Justifica su decisión de dictar la medida cautelar en que el DNU introduce importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia laboral no habiéndo explicado como las reformas planteadas podrían remediar la situación referida en sus fundamentos como para justificar una reforma laboral general y peyorativa para los trabajadores.
Destaca que las modificaciones introducidas regresivamente afectan la interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc.
Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá vigencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad del Capítulo IV del DNU 70/23, como ha solicitado la Confederación General del Trabajo.