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La ANMAT prohibió la comercialización de una harina de almendras

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este lunes la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea de una harina de almendras.

Lo hizo, en primera instancia, a través de la Disposición 8069/2024, firmada por la titular de aquel organismo de control, Nélida Agustina Bisio. En ella se especificó que se trataba del producto “Harina de almendras sin piel; Marca KETO food maker; Origen Mendoza” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

Según los considerandos, la investigación comenzó a partir de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y continuó con consultas dirigidas al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, con el objetivo de verificar la información declarada en el rótulo y si el producto posee registros autorizados.

De esas tareas surgió que conclusión que “el producto y la razón social KETO food maker son inexistentes”.

En ese contexto, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evalúe las medidas a adoptar y la resolución fue declarar al producto “en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal”.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284”, expresó la normativa.

Y agregó que la decisión se tomó “en atención a las circunstancias detalladas” y con el “fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad”.

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