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La Academia Nacional de Periodismo también rechaza el bozal legal que prohíbe a los medios nombrar a Jorge Lanata

La Academia Nacional de Periodismo calificó como “censura previa” el bozal legal que dispuso la jueza Lucila Córdoba, quien prohibió a los medios difundir “toda información” que involucre a Jorge Lanata por pedido de Elba Marcovecchio, la esposa del periodista.

“La censura previa judicial y la restricción al acceso a la información pública son un peligro y una gravísima amenaza a la libertad de expresión y a la transparencia informativa”, apuntó la Academia en un duro comunicado que lleva la firma de los periodistas Silvia Naishtat y Joaquín Morales Solá.

La prohibición, que se dispuso en medio de un escándalo de denuncias cruzadas con las hijas del periodista, Bárbara y Lola, rige para medios gráficos, audiovisuales y digitales.

“La Academia Nacional de Periodismo rechaza categóricamente la decisión del Juzgado Nacional en lo Civil Nro. 8 que prohíbe “la difusión por cualquier medio de prensa y comunicación (televisión, gráfico, radial, medios digitales y/o publicación en página WEB), de toda información que involucre” al periodista Jorge Lanata y a su esposa. La decisión de la jueza Lucila Córdoba viola un artículo de la Constitución y el derecho internacional”, apuntaron en el comunicado.

En ese marco, desde la Academia recordaron: “La Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que cualquier medida preventiva que impida el ejercicio de la libertad de expresión, incluyendo las decisiones judiciales, constituye censura previa”.

“Es una medida que va en contra de las normas constitucionales e internacionales que prohíben la censura previa, como el artículo 14 de la Constitución Nacional y el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica”, agregaron.

Además, desde la Academia Nacional de Periodismo destacaron: “Esta decisión judicial se agrega a lo sucedido en septiembre cuando se publicó en el Boletín Oficial el decreto 780/2024, que modificó la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública. Ese decreto busca limitar el acceso a la información pública”.

“Se recuerda otro caso de censura previo como el que dictó en 1992 hacia Tato Bores la jueza María Romilda Servini de Cubría, quien interpuso un recurso para que uno de los segmentos del ciclo con los famosos monólogos de Tato no saliera al aire. La reacción de artistas y periodistas fue inmediata y ese episodio quedó en la historia de la televisión”, puntualizaron.

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