Maran Suites & Towers

Kueider y su pareja van a juicio en Paraguay mientras la Corte Suprema define su extradición a la Argentina

El exsenador Edgardo Kueider y su pareja, Iara Guinsel, continúan detenidos en Paraguay luego de intentar ingresar al país con 200 mil dólares sin declarar. Por ese hecho deberán enfrentar un juicio en abril de 2026, acusados de contrabando en grado de tentativa, mientras esperan la resolución de la Corte Suprema paraguaya, que determinará si ambos serán extraditados a la Argentina.

Pedido de extradición y acusaciones en Argentina

La extradición fue solicitada por la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, quien investiga a Kueider por enriquecimiento ilícito y otros delitos como lavado de dinero.
La Fiscalía paraguaya se mostró a favor de enviarlo a la Argentina, aunque condicionó ese traslado a que antes sea juzgado en Paraguay por el contrabando. Kueider no aceptó el procedimiento simplificado, por lo que se abrió un juicio formal. Durante el proceso, su defensa presentó diversos incidentes de carácter formal para demorar los plazos, sin cuestionar de fondo la extradición.

En una primera instancia, el juez de Garantías Rolando Duarte rechazó los planteos defensivos. Luego, el Tribunal de Apelaciones, integrado por Jesús Riera Manzoni, Paulino Escobar Garay y Mario Torres Leguizamón, confirmó ese rechazo.

El caso llega a la Corte Suprema paraguaya

La discusión dio un nuevo salto institucional y llegó a la Corte Suprema de Justicia de Paraguay, compuesta por nueve miembros que actúan en distintas salas. En el caso Kueider intervendrán la Sala Constitucional, a cargo de cuestiones de inconstitucionalidad, y la Sala Penal, que evalúa apelaciones extraordinarias.

El máximo tribunal puede ratificar las decisiones previas o introducir cambios. Solo este último escenario podría frenar la extradición. Si eso no ocurre, el trámite quedará habilitado una vez concluido el juicio por contrabando previsto para abril de 2026.

La estrategia de la defensa

Los abogados del exsenador, Marcelo Bogado y Carlos Arévalo, centraron su defensa en aspectos formales. Sostuvieron que el pedido de extradición no se estaba tramitando por la vía adecuada. En el acuerdo bilateral entre Argentina y Paraguay, las extradiciones pueden realizarse por los artículos 10° o 19°, según el nivel de formalización. El juez Duarte encuadró la solicitud en el artículo 10°, pero la defensa insistió en que debía aplicarse el 19°.

También plantearon que el dictamen fiscal que avaló la extradición carecía de información suficiente y que la consulta formulada para contestarlo era imprecisa. Sin embargo, en segunda instancia, Riera Manzoni concluyó que “no se observa perjuicio o menoscabo a los intereses o derechos de los recurrentes”, y que tampoco existía un agravio jurídico que justificara modificar la resolución. Los jueces Escobar Garay y Torres Leguizamón coincidieron.

Un planteo extemporáneo

El reclamo de los defensores se formalizó en el momento en que debían responder al dictamen fiscal que respaldaba la extradición. El Tribunal de Apelaciones entendió que no era el momento procesal correcto, motivo por el cual declaró el planteo “improcedente”.

Add a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Desde Cuestión Entrerriana, te invitamos a formar parte de nuestra familia. Mandanos tus fotos y la información que quieras ver publicada.

X