Jubilaciones de privilegio: Reveses para Cristina Kirchner y Amado Boudou en sus batallas judiciales
La ex presidenta Cristina Kirchner y su ex vicepresidente Amado Boudou no logran encausar sus “batallas” judiciales para conseguir que la ANSES le restituya sus jubilaciones de privilegio de 22 y 8 millones de pesos, respectivamente. Y ambos sufrieron esta semana nuevos retrocesos en dos reclamos de restitución de esos beneficios millonarios.
En noviembre, el presidente Javier Milei ordenó a la ANSES la anulación de las pensiones honoríficas que cobraban por haber sido condenados por delitos contra el Estado: administración fraudulenta la ex presidenta en la causa Vialidad y sobornos y negociaciones incompatibles con la función pública el ex vicepresidente en el caso Ciccone, respectivamente.
Por un lado, Cristina no logra que ningún juez del fuero de la Seguridad Social se quede con su caso y fue rechazada una medida cautelar urgente que pidió Boudou por volver a cobrar la pensión honorífica por “cuestiones alimentarias”.
La semana pasada, la Cámara de la Seguridad Social había rechazado la excusación del juez Ezequiel Pérez Nami y dispuso que su colega Karina Alonso Kandis le devuelva la causa N°10.171/2025 en la que la Cristina Kirchner reclama que le devuelvan las dos pensiones honoríficas que cobraba, la de ella y la del ex presidente Néstor Kirchner. No se trata de jubilaciones ordinarias por aportes laborales sino de pensiones graciables.
Pero la ANSES de Milei esta semana recusó sin causa a Pérez Nami, cuando retomó el caso, y este viernes la jueza Alonso Kandis le devolvió por segunda vez la causa por disposiciones del Código Procesal Penal.
En los pocos días que tuvo la causa Pérez Nami dispuso que “continúe la causa” (Expte N°10.171/2025) “en el principal” (Expte 38.870/2017), en referencia a la causa en que el mismo magistrado ordenó, en forma polémica, pagarle las dos pensiones a Cristina, pese a que el artículo 5 de la ley 24.018 dice que tienen que optar por una.
A principios de año, Pérez Nami se había excusado de decidir sobre el nuevo reclamo de Cristina porque estaba ternado a juez en el Consejo de la Magistratura y se le pasó la “papa caliente” a Alonso Candis. Pero la Cámara rechazó la excusación.
Sin embargo, ayer el actual titular de la ANSES Fernando Bearzi recusó a Pérez Nami “sin causa” y la causa retornó a Alonso Candis por unas horas. Y al día siguente, la jueza se opuso porque ambas causas son “conexas” por el objeto, la causa y los actores involucrados Cristina Kirchner, la ANSES y prestaciones honoríficas.
Por su parte, Boudou también sufrió un revés en su “batalla” por la restitución de su jubilación de privilegio. La jueza de la Seguridad Social, Ana María Rojas, rechazó el pedido del ex vicepresidente de dictar una medida cautelar para que se le vuelva a pagar mientras se decide el fondo de la cuestión: la legalidad de la decisión de Milei.
La jueza consideró que el pedido de una cautelar no es la vía adecuada, sino que debe decidir en un juicio ordinario. Cobraba en noviembre de 2024, una jubilación neta de 8 millones.
La decisión de la jueza fue dictada en línea con el dictamen de la fiscal de la Seguridad Social Nº1, Mariana Grinberg, quien había opinado que la petición del exfuncionario K debe abordarse en un proceso ordinario y no en uno cautelar.
La fiscal consideró que el caso resulta “procesalmente inadmisible en el marco estricto de análisis precautorio”, por cuanto “el contexto fáctico instalado en la causa no permite, al menos en el estado actual de análisis, avanzar sobre aspectos que se vinculan con el conflicto de fondo”.
La jueza Rojas desestimó también el argumento sobre el requisito de la urgencia en la demora, dado que el fundamento del exvicepresidente sobre el “carácter alimentario de la prestación y la falta de ingresos para el sostenimiento propio y de su familia” se contradice con su inscripción como autónomo desde febrero de 2016, por lo que no logra demostrar “imposibilidad alguna para procurar sus propios ingresos”.
Boudou pide por “cuestiones alimentarias”
Boudou había solicitado el dictado de una medida cautelar autónoma contra la ANSES, a fin de que se suspendieran judicialmente los efectos de las resoluciones Resol-2025-1103, que revocó la pensión vitalicia que percibía como exvicepresidente de la Nación, y Resolución 2025-95 de la ANSES, que rechazó su recurso de reconsideración y nulidad contra aquella decisión.
Por otro lado, reclama el pago del retroactivo que había comenzado a percibir fue suspendido en diciembre de 2023 a través del DNU 70/2023, que estableció el cese de esas erogaciones del Estado mientras durase la nueva emergencia declarada en la norma.
El ex vicepresidente agregó que la pensión vitalicia tiene “naturaleza alimentaria” y que la percibió de manera regular hasta que la “ANSES, sin fundamento válido, suspendió el pago, ordenando el recupero de las sumas percibidas”. En esa línea, Boudou señaló que la pena de 5 años y 10 meses de prisión como responsable de los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública, impuesta en el caso “Ciccone”, ya había sido cumplida, por lo cual no debería considerarse una causa válida para que se le retire el derecho de cobro.
En cambio en su informe, la ANSES precisó que “la finalidad de dicha asignación, considerada de privilegio, deviene jurídicamente incompatible para quien haya cometido un delito en ejercicio de la función pública, en perjuicio del Estado Nacional”.
El organismo previsional precisó que “el beneficio no se encuentra alcanzado por las particularidades del derecho adquirido o la inmutabilidad del mismo, si posteriormente el beneficiario resultara condenado por hechos que hubieren acontecido durante la gestión pública”, y recordó que Boudou fue condenado por delitos contra la Administración Pública.
La ANSES consideró que se trata de “una asignación graciable, no contributiva, no previsional, no alimentaria, ni retributiva de la asignación, que se otorga como contraprestación al honor, mérito y buen desempeño en el cargo”, y que por ello “puede ser denegada o revocada si no existen o desaparecen las condiciones jurídicas que le otorgaron sustento legal”.

