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Intoxicación por Coca-Cola: confirman millonaria indemnización contra la embotelladora

La Cámara Comercial ratificó la responsabilidad de Reginald Lee S.A. y elevó los montos por daño moral y punitivo

Redacción by Redacción
30/07/2026
in Empresariales
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Intoxicación por Coca-Cola: confirman millonaria indemnización contra la embotelladora

La intoxicación por Coca-Cola que derivó en un cuadro de gastroenteritis aguda terminó con una condena millonaria contra la embotelladora Reginald Lee S.A., luego de que la Cámara de Apelaciones en lo Comercial confirmara su responsabilidad y elevara de manera significativa la indemnización.

El caso se originó el 19 de marzo de 2022, cuando un consumidor compró cinco botellas retornables de un litro de Coca-Cola en un supermercado de City Bell, en La Plata.

Tras ingerir sin inconvenientes el contenido de las primeras tres botellas, al abrir la cuarta advirtió la presencia de una sustancia arenosa en la bebida, lo que le provocó un cuadro de gastroenteritis aguda que requirió atención médica.

Al revisar la quinta botella, que se encontraba cerrada con su tapa original, el hombre detectó un cuerpo extraño sólido y pedregoso, por lo que decidió conservar el envase para su posterior análisis pericial.

Ante lo ocurrido, el consumidor realizó reclamos ante el servicio de atención al cliente de Coca-Cola y buscó una instancia de conciliación, pero no obtuvo respuesta satisfactoria, por lo que inició una demanda contra la compañía y contra la embotelladora, amparado en la Ley de Defensa del Consumidor.

En el expediente aportó actas, fotografías, certificado médico, ticket de compra y certificaciones notariales, con el objetivo de acreditar tanto la compra como las consecuencias del episodio.

La firma Reginald Lee S.A., responsable de la fabricación de la gaseosa en Argentina en esa zona, negó la existencia de cualquier defecto y sostuvo que era técnicamente imposible que un cuerpo extraño hubiera salido de su planta, invocando sus controles de calidad certificados bajo normas ISO 9001 y FSSC 22000.

Por su parte, Coca-Cola FEMSA S.A. planteó que no fabrica ni comercializa el producto en la ciudad de La Plata y que, en consecuencia, la responsabilidad debía recaer exclusivamente en Reginald Lee S.A., postura que fue aceptada por el tribunal.

Vulnerabilidad del consumidor y primera condena

En la sentencia de primera instancia, la Justicia reconoció la situación de vulnerabilidad del consumidor y la obligación del proveedor de garantizar la seguridad e inocuidad del producto ofrecido en el mercado.

En ese marco, se condenó a la embotelladora a indemnizar al demandante por daño moral, aunque se rechazaron los reclamos por daños físicos y psicológicos al no acreditarse secuelas permanentes derivadas del episodio.

El tribunal también remarcó que no se realizó pericia sobre la botella que contenía la sustancia arenosa y, por ello, limitó la responsabilidad al defecto comprobado en la botella donde se halló el cuerpo extraño sólido.

La Cámara aumenta la indemnización y confirma la responsabilidad

Tras la apelación, la sala F de la Cámara Comercial, integrada por los jueces Ernesto Lucchelli y Alejandra Tevez, confirmó la responsabilidad de la embotelladora y resolvió aumentar de manera importante los montos indemnizatorios.

Además, el tribunal de alzada revocó la absolución de la aseguradora en lo relativo al daño punitivo, modificando así el alcance económico de la condena.

En cuanto al daño moral, los camaristas consideraron probado que el consumidor adquirió una botella con un cuerpo extraño, sufrió una gastroenteritis que lo obligó a acudir al médico y debió enfrentar un proceso judicial contra una empresa de gran envergadura económica.

Esa combinación de factores llevó a elevar la indemnización por daño moral de $50.000 a $200.000, suma que, con la aplicación de intereses, rondará el millón de pesos a favor del damnificado.

Daño punitivo, seguros y honorarios millonarios

Respecto del daño punitivo, la Cámara decidió incrementar el monto a $400.000, al considerar la conducta de la empresa frente al reclamo del consumidor.

No obstante, la jueza Tevez admitió la exclusión de cobertura invocada por Federación Patronal Seguros S.A., por lo que ese concepto también deberá ser afrontado directamente por la embotelladora.

Finalmente, la sentencia condenó a la empresa a hacerse cargo de los honorarios de todos los profesionales intervinientes, que ascienden a más de $4.300.000, cifra que supera ampliamente la indemnización directa reconocida al consumidor.

En total, entre indemnización, daño punitivo, intereses y costas, la condena económica contra Reginald Lee S.A. se aproxima a los $5 millones, consolidando un nuevo antecedente en materia de responsabilidad por productos defectuosos en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor.

Tags: Cámara Comercialcoca-colaReginald Lee
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