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Industria convoca al reempadronamiento obligatorio de empresas entrerrianas al registro industrial

El Ministerio de Producción continúa instrumentando medidas tendientes a no entorpecer la inscripción y/o actualización de datos de las industrias entrerrianas en el Registro de Establecimientos industriales de la provincia. Por ello, se ha fijado el reempadronamiento necesario y obligatorio.

El director general de Industria, Cristian Kaehler, informó sobre las medidas que están siendo adoptadas para facilitar las herramientas necesarias al sector industrial para todo tipo de trámite que deban realizar, afirmando que “estamos trabajando para que nos cuidemos entre todos. En ese sentido y para evitar la circulación de la población, es que hemos dispuesto por Resolución de la Dirección que el empresario reciba la documentación respaldatoria de los Certificados Industriales en formato digital a través de correo electrónico, así no solo se evita la circulación, sino que también se agiliza el trámite”.

Debido a esto, todas las empresas entrerrianas deberán realizar la inscripción o actualización de datos en el Registro de Establecimientos Industriales de la Provincia, la cual deberá ser materializada a través del Sistema Integrado de Gestión (SIG) obrante en la plataforma digital https://apps.entrerios.gov.ar/industriaycomercio/extranet , facultándose a los interesados a remitir en soporte PDF o JPG en la dirección de correo electrónico industria@entrerios.gov.ar , toda la documental exigida para proceder a la inscripción o actualización de datos en el referido Registro, debiendo el remitente del correo electrónico consignar la leyenda: “Remito Bajo Juramento la documental en formato PDF/JPG tendiente a la Inscripción y/o actualización de datos de la empresa, en el Registro de Establecimientos Industriales”, pudiendo ser enviada a la Autoridad de Aplicación del Decreto N° 980/54 MHE toda la documentación exigida por las normas que regulan el Registro de Establecimientos Industriales por correo electrónico, y de la misma manera ser extendido el correspondiente certificado.

Dicha Certificación del Certificado de Actividad Industrial expedido por el mencionado órgano será entregado a los representantes de establecimientos industriales registrados, teniendo validez para la presentación de toda Autoridad Pública Nacional, Provincial y Municipal que deba toma razón de la referida inscripción.

Además, desde el área se recuerda que, mediante Resolución N° 55/2020, la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), dispuso extender hasta el 31 de Julio del año 2020 el plazo previsto en Resolución N° 6/2018 y sus modificatorias para la presentación del Certificado de Inscripción en el Registro Único Industrial emitido por la Dirección General de Industria.

Por último, se aclaró desde dicho área que está en vigencia la prórroga por única vez hasta el 30 de Junio del año 2020.

Fuente: Prensa Secretaria de Industria y Comercio.-