En un fallo sin precedentes, la Justicia provincial dictó la primera condena por juego clandestino contra un hombre de 37 años oriundo de Santa Elena. La resolución se dio tras una denuncia penal presentada formalmente por el Iafas, imponiéndole una pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
El Juzgado de Garantías y Transición de La Paz declaró al imputado autor material y penalmente responsable por la infracción al artículo 301 bis del Código Penal Argentino, al comprobarse la explotación y captación de apuestas de manera ilegal.
Organización y modalidad operativa
La sentencia, rubricada por el juez Ramón Lell, detalló que el condenado organizaba un sistema de captación para casinos virtuales sin la debida autorización oficial, contando además con la colaboración de intermediarios que cumplían el rol de cajeros.
El proceso judicial se originó a partir de una investigación técnica impulsada por el equipo legal del Iafas, luego de que el propio involucrado reconociera y detallara públicamente la modalidad de su actividad en una entrevista periodística.
A partir de esos datos, y tras una serie de peritajes y un allanamiento en su domicilio particular, se logró acreditar toda la infraestructura montada para el negocio ilícito en la zona.
Los argumentos judiciales
En sus fundamentos, la resolución judicial ratificó que “resulta particularmente relevante que el propio imputado describiera la estructura de funcionamiento de la organización, precisando que la gestión de cobros era realizada por terceras personas, quienes actuaban como cajeros o cajeras, constituyendo el nexo entre los apostadores y las plataformas digitales donde finalmente se desarrollaban los juegos de azar”, remarcó el magistrado.
Asimismo, el documento agregó que el acusado “no sólo reconoció su intervención en la actividad investigada, sino que además explicó el rol que cumplían las distintas personas que integraban dicha estructura, evidenciando la existencia de una organización previamente diseñada para la explotación sistemática del juego clandestino”, concluyó el fallo.
Cabe recordar que la normativa penal vigente en el país castiga con penas de tres a seis años de prisión a toda persona que administre o explote plataformas de apuestas al margen de la ley.


