Maran Suites & Towers

Fútbol Para Todos: Capitanich, Aníbal Fernández y Cia., zafaron

El Tribunal Oral Federal 1 resolvió absolver a los exfuncionarios y dirigentes investigados en la causa Fútbol para Todos. Tras escuchar las últimas palabras de los imputados, los jueces José Michilini, Adrián Grunberg y Ricardo Basílico deliberaron durante más de una hora antes de dictar el veredicto absolutorio.

El fiscal Miguel Ángel Osorio había solicitado penas de entre 8 meses y 3 años de prisión y la inhabilitación para ejercer cargos públicos en el caso de los exfuncionarios. Sin embargo, los magistrados concluyeron que no existían pruebas suficientes para sostener la acusación.

El expediente se inició en 2014, impulsado por la entonces legisladora Graciela Ocaña, quien denunció presuntas maniobras de malversación de fondos vinculadas al programa Fútbol para Todos, responsable de la transmisión del campeonato de Primera División. La investigación quedó a cargo del juzgado de María Servini, que ordenó allanamientos en la AFA, en entidades financieras y en 25 clubes, además de imputar a funcionarios, directivos y financistas.

En el juicio oral llegaron a debate catorce personas, entre ellas exfuncionarios nacionales, dirigentes de la AFA, representantes de Futbolistas Argentinos Agremiados y empresarios dedicados al sistema de descuento de cheques. Las acusaciones incluían administración fraudulenta agravada y violación de deberes de funcionario público, aunque al inicio del juicio la fiscalía mantuvo cargos solo contra Jorge Capitanich y Aníbal Fernández, los únicos que podían enfrentar una eventual condena.

Uno de los puntos centrales del debate fue la naturaleza de los fondos una vez que ingresaban a la AFA como contraprestación por los derechos televisivos. Las defensas remarcaron que, una vez abonados por el Estado, esos fondos dejaban de tener carácter público, lo cual afectaba directamente la figura penal atribuida. Ese aspecto fue reconocido incluso por la propia fiscalía.

Durante las audiencias, se incorporaron informes técnicos, documentación contable y testimonios de peritos, funcionarios y dirigentes, pero ninguno aportó evidencia concluyente para demostrar una maniobra ilícita. Tampoco se acreditó un perjuicio concreto al Estado, ni la existencia de un circuito paralelo o desvío deliberado de fondos imputable a los acusados.

Las defensas señalaron que el alegato fiscal era la instancia clave para ordenar la acusación y vincularla con la prueba reunida. Sin embargo, el tribunal concluyó que ese alegato no reunía los estándares mínimos de motivación exigidos por la ley y declaró su nulidad, lo cual equivale a la inexistencia de una acusación válida.

Frente a la falta de imputación sustancial, el TOF 1 dispuso la absolución total de todos los imputados, resaltando que no puede dictarse condena cuando la acusación no está formulada de manera adecuada ni fundamentada jurídicamente.

Add a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Desde Cuestión Entrerriana, te invitamos a formar parte de nuestra familia. Mandanos tus fotos y la información que quieras ver publicada.

X