La Justicia Federal de La Pampa dictó una medida cautelar que frenó de manera inmediata el decreto de Javier Milei, normativa que le otorgaba a Mendoza el 100% de los fondos generados por el complejo hidroeléctrico Los Nihuiles, los cuales históricamente se distribuían en partes iguales.
El gobernador pampeano, Sergio Ziliotto, celebró el fallo tras haber presentado el amparo a comienzos de semana. “La Pampa seguirá cobrando regalías del Río Atuel. Una vez más, luchar por lo que corresponde al pueblo pampeano da sus frutos”, afirmó el mandatario provincial.
En esa línea, Ziliotto profundizó sobre los alcances de la resolución. “El Juzgado Federal de Santa Rosa dictó una medida cautelar que ordena la suspensión inmediata de los efectos de los artículos 3 y 4 del Decreto 982/26 del Presidente Milei. Agradezco a las y los dirigentes y a organizaciones sociales y partidos políticos que apoyaron esta lucha por nuestro río Atuel”, sostuvo.
La Pampa seguirá cobrando regalías del Rio Atuel.
Una vez más, luchar por lo que corresponde al pueblo pampeano da sus frutos.
El Juzgado Federal de Santa Rosa dictó una medida cautelar que ordena la suspensión inmediata de los efectos de los artículos 3 y 4 del Decreto… pic.twitter.com/mzLCPF1oX0
— Sergio Ziliotto (@ZiliottoSergio) September 16, 2026
Luego del cruce político con el gobernador mendocino Alfredo Cornejo, la máxima autoridad de La Pampa ratificó su postura institucional. “Seguiremos defendiendo La Pampa. Cada día, donde sea, ante quien sea”, remarcó.
El fallo judicial lleva la rúbrica del magistrado federal Juan José Baric. “Hacer lugar a la medida cautelar interina en los términos del artículo 4, inciso 1, tercer párrafo, de la Ley 26.854, ordenándose la suspensión inmediata de los arts. 3° y 4° del Decreto Nº 982/2026 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional. La medida cautelar interina tendrá vigencia hasta tanto se resuelva la medida cautelar”, dispuso el juez.
En su resolución, el magistrado emplazó formalmente a la Casa Rosada a responder en un plazo perentorio: “A tal fin, requiérase al Poder Ejecutivo Nacional que produzca el informe previo previsto por el art. 4 de la Ley 26.854, en el plazo de tres (3) días de notificada la presente resolución”.
El origen del conflicto interprovincial
El conflicto se desató tras la publicación del decreto presidencial rubricado junto al ministro de Economía, Luis Caputo. La medida nacional derogaba una normativa de 1973 que distribuía equitativamente el 12% de las regalías de la represa, emplazada sobre una cuenca de carácter interjurisdiccional.
La decisión oficial reavivó una histórica disputa por el caudal hídrico del Río Atuel, respaldada por una sentencia de la Corte Suprema de Justicia emitida en julio de 2020 que las autoridades pampeanas denuncian como incumplida.
Al fundamentar su presentación, el Gobierno pampeano apeló a los antecedentes institucionales. “Sus regalías también son pampeanas: mediante Acuerdo del año 1992, firmado entre el Estado Nacional y las dos provincias y homologado por la CSJN, Mendoza se obliga a pagar regalías a La Pampa, calculadas según porcentajes fijados por Ley 15.336 y Decreto 1560/73. Ningún Decreto puede anular un acuerdo de partes”, advirtió Ziliotto.
La réplica y el rechazo del Gobierno de Mendoza
Desde el Ejecutivo mendocino rechazaron la validez del fallo y ratificaron sus derechos territoriales sobre las centrales. La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, calificó el dictamen de improcedente. “Es una cautelar interina en el marco de una cautelar autónoma, una cosa muy rara para evadir la competencia de la Corte. Para la provincia de Mendoza no tiene efectos vinculantes, o sea, no obliga a la provincia de Mendoza porque no nos han hecho parte. Si los conflictos son entre dos provincias o entre una provincia y la nación, quien tiene competencia originaria es la Corte Suprema de Justicia”, argumentó la funcionaria.
Asimismo, la ministra cuestionó supuestas irregularidades procesales en el trámite judicial. “En este caso, hay algo extraño: una cautelar autónoma en la cual se dicta una cautelar interina. La abogada que lo presentó no había ni acreditado la personería y le sacaron la sentencia sin acreditar la personería. En el último artículo la intiman en tres días a que acredite personería. Y también la dictan inaudita parte, es decir, sin contrapartes”, cuestionó.
En ese sentido, Latorre consideró la presentación como una maniobra técnica indebida. “Es un bypass que ha intentado hacer justamente para eludir, porque hay dos vías en este tema, una administrativa y una judicial. La judicial ya está en la Corte, entonces lleva a un juez pampeano para que le dicte una cautelar, una cautelar interina dentro de una cautelar autónoma”, explicó.
Por último, la funcionaria mendocina minimizó el impacto definitivo de la resolución en curso. “Lo que dictó ese juez pampeano le da lugar a por los próximos 3 días a la nación para que se presente y defienda su decreto… no es la resolución de la cautelar, es una interina mientras se resuelve la cautelar”, concluyó.
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