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Feriado nacional: Comercios de Paraná deben pagar doble jornada a empleados que trabajaron el martes

“A quien trabajó corresponde que se le pague doble”, aseveró el secretario general del Sindicato de Empleados de Comercio de Paraná, Daniel Ruberto, en referencia al feriado nacional del martes 20 de diciembre. Remarcó además que: “a quien no trabajó no se le puede descontar ni el día ni el presentismo”.

El Gobierno nacional decretó que el martes 20 de diciembre sea feriado nacional para recibir a la selección argentina y celebrar el titulo obtenido en el Mundial de Qatar 2022. “Hay que pagarlo doble, así lo dispone la ley”, expresó Ruberto respecto a ese día y afirmó que “de este modo, a quien trabajó se le debe pagar doble y a quien no trabajó no se le puede descontar ni el día ni el presentismo”.

También recordó que, de acuerdo a la normativa vigente “cuando aparece un feriado en el calendario, el empleador avisa previamente a sus empleados que ese día se va a trabajar”. De esta forma se los convoca a cumplir con sus tareas. Sin embargo, como en esta oportunidad el decreto se publicó el lunes a la noche, “esa convocatoria no se pudo hacer”, apuntó el sindicalista. A raíz de esa situación, hubo empleados que resolvieron no presentarse a sus lugares de trabajo, mientras que otros concurrieron normalmente.

Fue una situación “bastante imprevista”, lamentó Ruberto y entendió que el presidente Alberto Fernández “podría haber decretado no laborable, en vez de feriado nacional”, principalmente teniendo en cuenta que los festejos se centraron en Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Bono y aguinaldo

Por otro lado, el titular del Sindicato de Empleados de Comercio de Paraná recordó que “el aguinaldo de fin de año debía pagarse el 19 de diciembre”. Apuntó que “en rigor, la Ley de Contratos de Trabajo institucionaliza como fecha de pago el 18 de este mes, pero como este año fue domingo, pasó para el día hábil siguiente”.

En relación al bono de 24 mil pesos para los trabajadores del sector privado de todo el país, establecido por el Gobierno nacional a través del Decreto 841/2022, Ruberto señaló que se le debe pagar completo a todos los trabajadores que tengan remuneraciones inferiores o iguales a 161.859 pesos. Y a los salarios que superan ese monto pero son inferiores a 185.859 pesos, se les deberá pagar lo que corresponda hasta alcanzar los 185 mil pesos.

“Es no remunerativo y proporcional a la jornada laboral”, aclaró además en diálogo con APFDigital, y precisó que quien trabaja jornada completa, deberá cobrarlo en forma completa, mientras que los empleados de comercio que trabajen media jornada, cobrarán la mitad.

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