FCyT UADER-ETER: oportuno convenio de cooperación y asistencia técnica
|Teniendo por objetivo articular la mutua colaboración entre las partes en todas aquellas actividades de Extensión, Investigación y Académicas que hagan al mejor cumplimiento de los fines de los signatarios o que permitan brindar un servicio a la comunidad de sus respectivas jurisdicciones o áreas de influencia, se rubricó un convenio de cooperación y asistencia técnica entre el Instituto Técnico Superior D-211 ETER y la Facultad de Ciencia y Tecnología, dependiente de la Universidad Autónoma de Entre Ríos.
Firmaron el pre-citado convenio marco la Sra. Claudia Elina Rosa, en carácter de directora y el decano Normalizador, Lic. Norberto Muzzacchiodi, suscribiendo formalmente además un Acuerdo Complementario que permite desde el pasado 16 de marzo el dictado de las clases de Seguridad Pública que perdieron sus espacios áulicos en el mes de febrero a raíz de las obras que se vienen desarrollando en la Escuela Normal, las cuales implican reducción de lugares para el cursado de carreras respectivas.
Las partes podrán brindarse mutuo apoyo mediante asesoramiento y transferencia de información científica y técnica de que dispusieran, lo cual incluye recursos humanos y bibliografía específica; integrar comisiones de trabajo para realizar estudios de interés común vinculadas a las temáticas abordadas en carreras de pregrado y grado que se dictan en la facultad y a las necesidades técnicas surgidas desde el instituto; facilitar el acceso de los docentes, investigadores y extensionistas de la facultad a las instalaciones de el instituto para dictado de clases o capacitaciones, en los horarios y las condiciones que se acuerden entras las partes.
Vale acotar que a los efectos de la instrumentación del presente convenio, las partes acuerdan facultar a la directora de ETER y al decanato de la Facultad de Ciencia y Tecnología a coordinar y controlar el desarrollo de los estudios, tareas y acuerdos específicos necesarios para lograr el cumplimiento de los fines previstos.
Por otra parte, se aclaró que el personal técnico, administrativo o auxiliar designado por cada una de las partes para la ejecución de las actividades comprendidas, continuarán dependiendo del organismo del cual son originarios o con el que tengan vinculación jurídica.