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Fallo clave en relación a las competencias tributarias provinciales

A raíz de una presentación de ATER y Fiscalía de Estado, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná dictó un fallo que determina la competencia de los tribunales locales para entender en temas tributarios provinciales. El tribunal provincial no sólo se declara competente para entender sobre este tema, sino que además, ordena que la ATER retome sus facultades de acuerdo con la normativa provincial.

 

Cabe recordar que la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (Acara) realizó en 2015 una presentación en la Justicia Federal de la provincia de San Juan, cuestionando la forma de determinar el impuesto sobre los ingresos brutos en Entre Ríos, a raíz de lo cual se dictó una medida cautelar que impedía a la ATER cobrar el impuesto a los ingresos brutos a las concesionarias como lo venía haciendo.

 

El tema es de alto significado en la medida que la intromisión del plano federal en una cuestión de competencia provincial implicaba hasta el momento la imposibilidad de cobro por parte de la ATER a las concesionarias de autos de acuerdo a la forma que determina nuestra Código Fiscal, con una pérdida de recaudación anualizada superior a los 100 millones de pesos.

 

Este resulta ser el primer antecedente nacional en el cuál un Tribunal provincial no sólo se declara competente para entender sobre este tema, sino que además, ordena que la ATER retome sus facultades de acuerdo con la normativa provincial. La discusión de fondo se asienta sobre las facultades de los Estados provinciales para legislar respecto de los impuestos que recaudan, lo que sin dudas repercute en la discusión acerca del históricamente reclamado federalismo, cuestión tan cara a la tradición entrerriana.

 

La gestión de ATER iniciada en enero pasado, replanteó la estrategia junto con la Fiscalía de Estado, y avanzó en cuestionar el citado fallo y la intromisión del plano federal sobre las potestades de un Estado provincial, acudiendo para ello a la Justicia Provincial. El Tribunal de la provincia de Entre Ríos solicita que el magistrado sanjuanino remita la causa a Paraná, o en su defecto que remita el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a efectos de que dirima la cuestión sobre la competencia, pero mientras tanto ordena a la ATER seguir cobrando el tributo como dispone el Código Fiscal de Entre Ríos, lo cual implicará además del tributo omitido, la aplicación de los accesorios correspondientes.