Es Oficial el nuevo decreto de Milei que obliga a las prepagas a dejar de triangular aportes con obras sociales
|La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) publicó este lunes en el Boletín Oficial la Resolución 3284/2024, según la cual a partir del 1° de diciembre de 2024 todas las prepagas deberán inscribirse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud (R.N.A.S.) para que los afiliados puedan dejar de tercerizar los aportes con una obra social sindical y derivarlos en forma directa.
“Determínase que a partir del 1º de diciembre de 2024, todas las entidades comprendidas en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el Registro de Agentes del Seguro de Salud (R.N.A.S.) con encuadre en el inciso i) del artículo 1° de la Ley N° 23.660”, indicó el artículo 1° de la normativa.
El siguiente apartado estableció que esa inscripción “habilitará a las entidades a ofrecer planes de salud, siempre y cuando, cumplan con los requisitos establecidos en las Leyes NROS. 23.660, 23.661, 26.682, sus modificatorias y reglamentarias”.
Luego, se aclaró que “el incumplimiento de la inscripción conforme lo establecido en el ARTÍCULO 1°, impedirá la comercialización de dichos planes y dará lugar al inicio del procedimiento sumarial para la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 24 de la Ley Nº 26.682”.
Hasta ahora, la masa de aportes de las personas va a las obras sociales con las que las prepagas tienen un convenio para los desregulados del sistema. Esas entidades gremiales se quedan con una comisión y derivan la mayor parte a la empresa de medicina privada que es cobertura del afiliado.
Así, se conforma una especie de “peaje” que en general, en el caso de las grandes prepagas, está en el orden del 2 o 3 por ciento, aunque en el caso de prepagas chicas puede ser un porcentaje mayor.
Ahora la incógnita se centra en conocer qué pasará con los 10 mil millones de pesos mensuales que, de acuerdo con lo que confiaron fuentes del Gobierno, cuesta sostener el sistema de triangulación.
“La transparencia en la operación sobre aquellos fondos que lleven adelante los Agentes del Seguro de Salud es un principio fundamental para garantizar que los beneficiarios sepan con precisión de qué forma se emplean sus aportes y contribuciones”, explicó la SSS en los considerandos de la Resolución.
También señaló que “la inscripción de las entidades comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nº 26.682 en el registro correspondiente permite un control adecuado de los planes de salud ofrecidos por las entidades, asegurando el cumplimiento de los requisitos legales y la protección de los derechos de los usuarios del sistema de salud”.
Según se supo, aquellas prepagas que no estén inscriptas en el registro como agentes del seguro de salud no podrán seguir recibiendo los aportes de los afiliados y deberán conformarse sólo con los contratos privados, por fuera del sistema de la seguridad social.
Decreto Prepagas Obras Sociales