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El Superior Tribunal de Justicia falló a favor del gobierno en el tema de la tarifa eléctrica

Este jueves el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos emitió un fallo a través del cual expresa que los recursos de amparo presentados por diferentes usuarios solicitando que se retrotraiga la tarifa eléctrica a diciembre de 2015, no son la vía adecuada para debatir el tema. “La Sala de Procedimientos Constitucionales recepcionó el argumento del gobierno provincial, el EPRE y las distribuidoras eléctricas y dispuso que dichos reclamos deben hacerse por la vía ordinaria”, expresó el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.

 

Rodríguez Signes mencionó que se están realizando audiencias públicas informativas donde el EPRE y la Secretaría de Energía exponen las modificaciones en la política energética.

 

Explicó que “en mayo el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) autorizó los incrementos de las tarifas eléctricas, ante lo cual se presentaron 13 amparos en total que, en algunos casos, habían hecho lugar a la demanda y ordenaban a las distribuidoras (Enersa y las cooperativas eléctricas) a retrotraer la tarifa a diciembre de 2015. Desde el gobierno, el EPRE y las distribuidoras planteamos distintas defensas vinculadas a que el amparo no es la vía para discutir la tarifa eléctrica porque la conformación de la misma depende muchos datos técnicos imposible de evaluarse en un término muy breve como es el recurso de amparo”, añadió el fiscal.

 

La Sala de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia, integrada por Bernardo Salduna, Carlos Alberto Chiara Díaz y Ramón Emilio Castrillón, emitió este jueves un fallo en el cual “recepta el argumento de la Provincia y dice que el recurso de amparo no es la vía para discutir la tarifa eléctrica”, precisó el fiscal de Estado.

 

Luego agregó que, “los aumentos de las tarifas de distribución de la energía eléctrica obedecen al incremento del costo de la energía, cosa que es imposible que a nivel de la provincia de Entre Ríos podamos gestionar porque son precios que ya vienen dados. Ahí no hay audiencia pública que valga, sino que es el precio que se establece a nivel del generador”.

 

Respecto a los reclamos, el fiscal hizo notar que “el STJ dice que por la vía del amparo no se puede ir, sino que deben hacerse por la vía ordinaria. Acá lo que se discutía no es tanto el precio final, ya que no había una arbitrariedad en eso, dado que lo que hubo fue un traslado del precio de la energía”.

 

“Pero mientras tanto el EPRE convocó a una audiencia pública informativa que se hizo en Villaguay, y prevé realizar otra similar en agosto. Es decir que la falencia de la realización de audiencias públicas que es otra cuestión planteada también por los actores como argumento de fondo, en realidad está siendo subsanada”.

 

Finalmente, Rodríguez Signes consideró que 13 amparos “no es una cantidad significativa teniendo en cuenta que en la provincia hay más de 70.000 usuarios del servicio”.