A través de la Inspección General de Justicia (IGJ), el Gobierno nacional oficializó un paquete de reformas para simplificar los trámites para abrir empresas y recortar tiempos administrativos.
La medida fue implementada mediante la Resolución General 11/2026, normativa que derogó 33 artículos reglamentarios y dos resoluciones generales previas. “Con el objetivo principal de reducir la burocracia, bajar costos y acelerar los tiempos para abrir una empresa, la IGJ simplifica el régimen de constitución de sociedades y flexibiliza el objeto social”, explicó Juan Bautista Mahiques.
Menos requisitos para constituir una sociedad
Uno de los puntos centrales radica en la eliminación del dictamen de precalificación profesional obligatorio. Su presentación quedará limitada a carácter voluntario o a casos puntuales expresamente requeridos.
A su vez, se flexibilizó la definición del objeto social para que las firmas incorporen múltiples actividades sin necesidad de acreditar conexidad entre sí. En el caso de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), se permitirá fijar formalmente como objeto “la realización de cualquier actividad lícita”.
En los considerandos oficiales, se fundamentó que “los registros de sociedades deben funcionar como ventanillas de habilitación ágiles, orientadas a la publicidad y a la certeza jurídica, y no como filtros de control previo de naturaleza discrecional”, sostuvieron.
En la misma línea, el texto oficial remarcó: “La reducción de barreras formales de acceso al registro constituye una herramienta de política pública destinada a facilitar la incorporación de la actividad económica a la economía formal, reducir los costos de cumplimiento de los emprendedores y aproximar la realidad del tráfico a la registración pública”.
Sede electrónica y nuevas herramientas
La nueva normativa sumó la posibilidad de fijar una sede electrónica complementaria a la física mediante un correo electrónico oficial, además de ampliar las vías para acreditar la integración de aportes de dinero en efectivo.
Del mismo modo, el organismo autorizó la inclusión de cláusulas arbitrales en los estatutos y simplificó los requisitos documentales, habilitando instrumentos privados con firma digital y documentos electrónicos certificados.
Según explicaron desde el área legal, las exigencias eliminadas duplicaban artículos del Código Civil y Comercial de la Nación e imponían cargas sin utilidad registral real.
Reglas para aportes con criptomonedas
La resolución también reguló los aportes de capital mediante activos virtuales. El contrato deberá precisar tipo, cantidad y valor de las criptomonedas, individualizando al socio titular.
Asimismo, los fondos deberán ser depositados en una plataforma inscripta como Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los administradores asumirán la custodia hasta transferir los activos a la sociedad tras la obtención del CUIT.
La valuación de estos aportes se respaldará con certificaciones profesionales de mercado o mediante una cotización emitida por un PSAV formalmente registrado.
Tiempos burocráticos en la mira
Fuentes oficiales remarcaron que “la medida se suma al proceso de revisión y simplificación normativa que la IGJ viene desarrollando durante 2026”, señalaron respecto a los cambios en digitalización registral y balances.
El diagnóstico oficial surge tras relevarse que iniciar una actividad económica en el país insume 4.496 horas, según mediciones privadas, superando ampliamente el promedio regional fijado en 2.005 horas.


