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Home Economía

El Gobierno flexibiliza los préstamos en dólares a empresas con un nuevo DNU

Caputo habilita a los bancos a prestar parte de los depósitos en moneda extranjera a más firmas, bajo límites y exigencias del BCRA

Redacción by Redacción
13/08/2026
in Economía
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El Gobierno flexibiliza los préstamos en dólares a empresas con un nuevo DNU

La flexibilización de préstamos en dólares a empresas quedó en el centro de la agenda económica con el anuncio de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que ampliará el universo de compañías que podrán acceder al crédito en moneda extranjera.

Desde el Palacio de Hacienda, el ministro de Economía Luis Caputo confirmó que el Gobierno publicará en las próximas horas la norma que habilitará a los bancos a prestar dólares a todas las personas jurídicas. “Estamos anunciando una flexibilización parcial de lo que son los préstamos en dólares a personas jurídicas”, indicó.

Hasta ahora, esa posibilidad estaba reservada sólo a compañías exportadoras o a firmas que presentaran una garantía de un exportador. La nueva medida responde a la demanda del sistema financiero para ampliar el universo de empresas que puede acceder al crédito en moneda extranjera, en un contexto de fuerte liquidez ociosa en dólares.

El DNU saldrá este jueves por la noche y comenzaría a regir una vez publicado en el Boletín Oficial, algo que en el Gobierno estiman que ocurrirá este viernes. Desde entonces, los bancos podrán rediseñar su oferta crediticia en dólares bajo los nuevos parámetros.

Caputo precisó que la medida alcanzará a personas jurídicas, pero no a individuos. “Estamos extendiendo esa posibilidad a todas las empresas”, dijo, y adelantó que los cambios se aplicarán “dentro de un marco de medidas macroprudenciales”. El anuncio fue encabezado junto con el viceministro José Luis Daza y el secretario de Finanzas Federico Furiase.

El ministro adelantó además una comunicación del Banco Central con los detalles técnicos y puntualizó algunas de las condiciones: “Solamente van a poder prestar los bancos hasta un 15% de sus depósitos en dólares, también habrá exigencia de capitales mínimos y de límites a la exposición crediticia”, explicó.

Caputo remarcó que los préstamos en dólares que tomen las empresas deberán ser cambiados a pesos. “Se mantiene la obligación de liquidar estos préstamos en el mercado único y libre de cambios. Si una empresa toma un crédito en dólares tiene que liquidarlos: tiene que convertirlos en pesos”, abundó.

Respecto de los plazos y las tasas, el titular del Palacio de Hacienda se corrió de la intervención oficial. Dijo que “los dictará el mercado” y que serán “los mismos que se aplican en cualquier préstamo”, dejando en manos de las entidades financieras la definición de las condiciones comerciales.

Caputo anticipó que los cálculos oficiales proyectan un ingreso significativo de divisas al circuito crediticio. El Gobierno estima que podría haber entre US$ 6.000 y US$ 10.000 millones extra en el mercado, a partir de la nueva operatoria.

En ese marco, el ministro defendió el alcance de la decisión. “Creemos que es una medida que será excelentemente bien recibida por todas las industrias y por el sistema financiero, que generará un mayor crédito y baja de tasas, y que va ayudar a reactivar la economía”, planteó. Y aseguró: “Lo hacemos de manera prudencial para no generar ningún problema en la economía”.

Las condiciones fijadas por el Banco Central

Tras la conferencia de Caputo, el BCRA emitió una comunicación en la que confirmó que un DNU del Gobierno modificará el artículo 23 del Decreto 905/02. La entidad señaló que las financiaciones provenientes de depósitos en moneda extranjera a clientes no comprendidos en los destinos previamente admitidos no podrán superar, en conjunto, el 15% de los depósitos en dólares de cada banco.

El Banco Central agregó que esas financiaciones “estarán sujetas a un tratamiento prudencial más exigente”, con mayores requisitos de capital y límites de exposición crediticia para las entidades que otorguen estos créditos.

En materia de capital, el organismo dispuso que el requisito de capital mínimo será equivalente al 125% del aplicable a otras financiaciones de características comparables, elevando el colchón de solvencia exigido a los bancos para este tipo de préstamos.

En cuanto a los límites de exposición crediticia, el BCRA estableció que estas financiaciones computarán por 1,25 veces la exposición que correspondería de no encontrarse alcanzadas por este tratamiento específico, encareciendo su peso regulatorio en los balances de las entidades.

Además, el Central ordenó que las entidades deberán evaluar la capacidad de repago de los tomadores bajo escenarios de variación del tipo de cambio de diferente magnitud, reforzando los test de estrés cambiario para evitar descalces peligrosos.

Conferencia de prensa del Ministro de Economía, @LuisCaputoAR, el Viceministro, @JoseLuisDazaAR, y el Secretario de Finanzas, @FedericoFuriase, en el microcine del Palacio de Hacienda. pic.twitter.com/6E3PKEz7b0

— Ministerio de Economía (@MinEconomia_Ar) August 13, 2026

Un cambio sobre una restricción histórica

El DNU que firmarán el presidente Javier Milei y sus ministros permitirá sortear una limitación histórica que regía desde la crisis de 2001. El artículo 23 del DNU 905/2002, luego sustituido por la Ley 26.546, obliga a destinar los depósitos bancarios en moneda extranjera a financiar sólo a prestatarios con ingresos habituales en dólares vinculados al comercio exterior.

Aquella norma buscó evitar que se repitiera el descalce de monedas que quedó expuesto durante la crisis, cuando empresas y particulares con ingresos en pesos quedaron endeudados en dólares. El Banco Central caracterizó después esa restricción como una herramienta macroprudencial para reducir el riesgo de que una devaluación afecte la capacidad de pago de los deudores y termine golpeando al sistema bancario.

Desde comienzos de este año, el Gobierno venía flexibilizando ese esquema por distintas vías, sin tocar el corazón de la norma. En enero, el BCRA habilitó a los bancos a prestar en moneda extranjera a clientes que no generan ingresos en divisas, siempre que el fondeo proviniera de Obligaciones Negociables o de líneas de financiamiento del exterior, sin usar los depósitos en dólares de los ahorristas.

En junio se dio un paso adicional: el Banco Central autorizó a las entidades a prestar dólares de los ahorristas a empresas que presenten garantías de exportadores, ampliando el acceso al crédito pero manteniendo un respaldo en divisas.

Ese mismo mes, la Secretaría de Industria y Comercio permitió que las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) avalen operaciones en dólares de pymes sin ingresos en moneda extranjera. Esos avales quedaron limitados hasta el 50% del Fondo de Riesgo Disponible y con la obligación de mantener inversiones en divisas que respalden esas garantías.

En febrero, la administración había avanzado con una propuesta aún más amplia, que incluía créditos hipotecarios, prendarios y personales en dólares para personas con ingresos en pesos. Esa iniciativa quedó en pausa por objeciones internas vinculadas al riesgo cambiario, la capacidad de respuesta del sistema financiero y una eventual suba de la mora.

En las últimas semanas, el debate volvió a tomar impulso dentro del equipo económico y del Banco Central, en momentos en que el sistema financiero mantiene una porción significativa de sus depósitos en dólares sin canalizar hacia préstamos, con estimaciones que ubican esa capacidad prestable ociosa cerca de los US$ 7.000 millones. Noticia en desarrollo.

Tags: Banco CentralLuis Caputo
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