El Gobierno oficializó la eliminación del régimen de compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas con discapacidad, pacientes trasplantados y niños con cáncer. La Casa Rosada aclaró que el beneficio para los usuarios seguirá vigente, pero que el costo deberá ser absorbido por las compañías del sector.
La medida quedó formalizada este martes mediante la Resolución 28/2026, publicada en el Boletín Oficial, que deroga el esquema de subsidios parciales vigente desde 2018.
Qué cambia con la nueva resolución
El artículo 1 de la normativa dispone: “Deróganse las resoluciones 717 del 14 de agosto de 2018, 567 del 13 de septiembre de 2019, 536 del 8 de agosto de 2022 y 549 del 3 de octubre de 2023, todas ellas del entonces Ministerio de Transporte, y déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”, destaca el texto oficial.
Esas resoluciones establecían subsidios parciales para las compañías de transporte automotor interjurisdiccional, con el objetivo de cubrir el costo de los boletos gratuitos previstos por distintas leyes nacionales de protección social.
Con la derogación, el Estado deja de compensar económicamente a las empresas por esos pasajes, aunque se mantienen intactas las obligaciones legales hacia las personas beneficiarias.
Argumentos oficiales: “libertad tarifaria” y cambios de condiciones
Desde el Ejecutivo fundamentaron la decisión en el nuevo esquema de “libertad tarifaria” implementado en el sector del transporte de larga distancia, que —según se indicó— modificó las condiciones económicas que daban sustento a las compensaciones.
En ese sentido, remarcaron que, a partir de la entrada en vigencia del nuevo marco regulatorio, las empresas pueden fijar libremente precios, recorridos y horarios, por lo que ahora deberán internalizar esos costos dentro de su propia estructura económica.
El Gobierno señaló que el nuevo marco normativo, “basado en la libertad tarifaria, la simplificación normativa y la promoción de la competencia”, modificó “los presupuestos fácticos y jurídicos” que sostenían las compensaciones económicas.
Asimismo, indicó que las empresas de transporte actualmente cuentan con herramientas para “internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad”, por lo que consideró innecesario continuar con el esquema de subsidios estatales que se encontraba vigente.
El beneficio para usuarios se mantiene
No obstante, en la disposición firmada por el secretario de Transporte, Mariano Plencovich, se aclara en el artículo 2 que la eliminación de los subsidios no afecta el derecho de las personas beneficiarias a seguir viajando gratis.
De esta manera, las empresas continuarán obligadas a emitir pasajes sin cargo para personas con discapacidad, pacientes trasplantados y menores con cáncer, tal como lo establecen las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 vigentes.
En paralelo, el Ejecutivo asignó a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la tarea de mantener los controles y procedimientos necesarios para garantizar el cumplimiento efectivo de esos beneficios en todo el país.




