El Consejo de la Magistratura define hoy la sanción al camarista Juan Carlos Gemignani
|Apercibimiento, multa máxima del 50% de su sueldo, o multa y un curso de capacitación en materia de género y violencia contra las mujeres. Alguna de estas tres sanciones deberá resolver hoy el Consejo de la Magistratura de la Nación contra Juan Carlos Gemignani, integrante de la Cámara de Casación Penal Federal, el máximo tribunal del país en temas penales.
El magistrado fue denunciado por haber ordenado detener e incomunicar a María Amelia Expucci, secretaria de la Cámara de Casación, en julio de 2016, luego de que se negara a realizar un inventario de unas cajas con equipamiento que estaban arrumbadas en una sala del Tribunal.
El camarista fue acusado inicialmente de “falta a la consideración y el respeto debido a otros magistrados, funcionarios y empleados judiciales”, “actos ofensivos al decoro de la función judicial”, y “falta o negligencia en el cumplimiento sus deberes”. También se le reprocha violar derechos laborales y violencia de género.
El expediente se abrió por una denuncia de Julio Piumato, secretario general de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN) presentada en agosto de 2016, por “abuso de poder” al ordenar la detención de Expucci, “claramente indebida e ilegítima”.
En la denuncia, el gremio pedía su remoción por “mal desempeño en el ejercicio de su función”. La fundamentó en la “extrema gravedad” del comportamiento del magistrado, además de “constituir un acto de violencia laboral contra una funcionaria judicial de menor jerarquía, y poner de manifiesto, en cabeza del denunciado, una matriz medieval de ejercicio del poder, intolerable en un Poder Judicial democrático”.
La UEJN convocó a trabajadoras y trabajadores judiciales para hoy a las 9 a la puerta del Consejo. “El compromiso con las políticas de género en el Poder Judicial, no se declama, se practica”, sostuvieron en el comunicado que difundieron bajo el título “Hora de definiciones en el caso Gemignani”.
Remoción descartada
Sin embargo, la apertura de un proceso de juicio político fue descartada desde un comienzo por los consejeros. Entre los argumentos figuran “el contexto en que se desarrolló la conducta imputada” y el hecho de que Gemignani haya sido sobreseido en sede penal por la Cámara Federal, en la causa abierta luego de que Expucci lo denunciara por privación de la libertad agravada.
En su decisión de julio del año pasado, la Sala I consideró que “no tuvo el propósito de proceder a la detención de la Dra. Expucci abusando de su poder, sino que actuó con un aparente exceso no intencional en la creencia de que estaba cumpliendo con su deber”, por lo que descartó la existencia de delito al no haber “dolo” en su accionar.
No obstante, los camaristas Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens remitieron las actuaciones al Consejo de la Magistratura para que evalúe la conducta del juez por la “crítica” situación vivida por Expucci.
La denuncia contra Gemignani iba camino a ser archivada por estar próximo a cumplir, en julio de este año, tres años sin resolución. Sin embargo, a partir del recambio en la composición del Consejo a fines del año pasado, la consejera radical Inés Brizuela y Doria, como instructora del expediente, propuso a principios de mayo citar al magistrado por el artículo 20 del Reglamento de la Comisión de Acusación y Disciplina, instancia equivalente al llamado a indagatoria en sede penal.
Gemignani no se presentó a la citación ante el Consejo y optó por enviar un descargo por escrito en el que negó haber hecho “abuso de poder” o ejercido “violencia laboral”, y aseguró que actuó “convencido” que se estaba tratando de encubrir el delito de “dádivas y cohecho”, materializado en el ocultamiento del “irregular ofrecimiento” de equipos del Ministerio de Planificación a otro poder independiente como la Cámara de Casación.
También sostuvo que su comportamiento hacia Expucci “estuvo exclusivamente regido por la vigencia de la norma y ajeno a cualquier atisbo de género”.
El camarista pidió el martes de esta semana la suspensión del tratamiento de los expedientes en su contra debido a la renuncia del senador Miguel Pichetto al Consejo. El senador justicialista era el presidente de la Comisión de Acusación y Disciplina, por lo que Gemignani quiere postergar una decisión que avizora adversa hasta tanto se integre al cuerpo el consejero que lo reemplazará, Mario Pais. La jura de este senador del bloque peronista tendría lugar el martes próximo, informó Infobae.
Los tres cargos en su contra
En la citación a Gemignani se le imputaron tres cargos. El primero se basó en que la falta de acatamiento por parte de Expucci a la orden dada por el camarista era, en todo caso, de carácter administrativo, pero jamás podría haber derivado en su detención.
El segundo, en que no existirían elementos suficientes para, “razonablemente, suponer que esa negativa a hacer el inventario pudiese ser encuadrado como un delito de acción pública”, lo que luego fue de hecho luego descartado judicialmente.
El tercero se basó en que aún en el caso de que Gemignani “se hubiese representado erróneamente que esa funcionaria estaba cometiendo un delito flagrante, lo cierto es que carecería de competencia material para dictar esa orden como juez de cámara de Casación”.
A estos cargos, se sumó el de “no haber mostrado debido respeto por los derechos de los trabajadores” y haber actuado en contra de lo que dispone la Ley de Protección Integral a las Mujeres.
En los tres dictámenes que se pondrán a discusión hoy se descarta incluir entre los causales de una sanción disciplinaria contra Gemignani, el “episodio Catucci”. Esta situación le valió una ampliación de denuncia después haber echado de una reunión de acuerdos a los gritos a su colega de Casación Liliana Catucci, en marzo de este año, y haberla acusado de “connivencia con la policía”.
Los argumentos para no sancionar a Gemignani por este nuevo episodio y desestimar los dos expedientes abiertos por este motivo se basan en que el camarista le pidió, luego, disculpas y aseguró que “no había tenido interés en ofenderla”, y que la jueza se las aceptó.
El dictamen más leve
La propuesta de sanción más leve – un apercibimiento– la presentará hoy la consejera instructora Brizuela y Doria al considerarlo responsable de “faltas a la consideración y el respeto debido a otros magistrados, funcionarios y empleados judiciales”, anticipan los colegas de Infobae.
La senadora radical considera probado solo el primer cargo, al sostener que la conducta del magistrado “resulta desproporcionada atendiendo a los antecedentes del caso” y que “su decisión estuvo desprovista de prudencia a fin de valorar las diferentes consecuencias humanas, administrativas y jurisdiccionales que se generaron a partir del hecho”.
En el dictamen que propondrá a votación hoy en la reunión de la Comisión de Acusación y Disciplina, Brizuela y Doria señala que “se tuvo especial consideración a las apreciaciones formuladas por el Instituto Nacional de las Mujeres (INAM)”, que se presentó en el expediente en virtud del Convenio de Colaboración suscripto en febrero entre la Corte Suprema, el Consejo de la Magistratura y el INAM, en el marco de la Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado.
En un escrito firmado por Fabiana Túñez como titular del INAM, este organismo pidió que se apliquen “las sanciones correspondientes” contra el camarista por “un actuar arbitrario y violento” del que fue víctima Expucci. “Las causales de discriminación por género se encuentran cabalmente probadas, tal como la verticalidad y el ejercicio del poder que llevó adelante el Dr. Juan Carlos Gemignani”, sostuvo Túñez, quien pidió el efectivo cumplimento de la Ley de Protección Integral de las Mujeres y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
“El ámbito de la justicia obedece a una lógica arcaica, derivada de la estructura patriarcal del ejercicio del poder en nuestra sociedad. Tenemos un enorme desafío para terminar de deconstruir estos patrones; y como actores del sistema de justicia, tenemos la obligación de marcar firmemente estas circunstancias y generar acciones positivas que ayuden a la deconstrucción de esta lógica. Solo así podremos avanzar en la erradicación de la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos”, sostiene Brizuela y Doria en su dictamen.
La senadora riojana no considera, sin embargo, probados ni el segundo ni el tercer cargo contra Gemignani. “En el momento en que ocurrieron los hechos, existían elementos suficientes para, razonablemente, suponer que el comportamiento omisivo de la Dra. Expucci, podía ser interpretado como un delito de acción pública”,argumenta respecto del segundo. En cuanto al tercer cargo, en su análisis, “no es competencia del Consejo valorar judicialmente la conducta del Magistrado, sino la razonabilidad y proporcionalidad de sus acciones al momento del hecho, y a la luz de las disposiciones que rigen su conducta”.
Descuento en sus haberes
Si bien en un principio Graciela Camaño iba a acompañar el texto que presentará hoy Brizuela y Doria, finalmente – no conforme con la sanción propuesta y la fundamentación- elaboró un dictamen propio mucho más duro en sus argumentos, ratificando los tres cargos en su contra.
La diputada, ahora alineada con Rodolfo Lavagna, pedirá sancionar a Gemignani con una multa, con el máximo descuento posible en el haber del magistrado, el 50%, por única vez.
Camaño cuestiona el argumento de Gemignani de ordenar la detención de Expucci amparado en que estaba cometiendo un delito en flagrancia. “Resulta extremadamente peligroso que un magistrado de la jerarquía del Dr. Gemignani, interprete de esta forma el alcance de la flagrancia para ordenar detenciones de funcionarios o empleados judiciales que desobedezcan sus órdenes. Sin lugar a dudas, este obrar constituye una conducta intolerable e inaceptable por parte de un magistrado de la máxima instancia penal de la Justicia Federal”.
“A la vez- agrega-, cabe reseñar la absoluta falta de sensibilidad y de empatía demostrada por el magistrado al momento de ordenar esta medida restrictiva de la libertad respecto de una funcionaria, con la cual, comparte un ámbito laboral”.
Para la legisladora y consejera, “no resulta admisible en un Estado de Derecho que un funcionario del rango del Dr. Gemignani haya utilizado la violencia institucional como mecanismo de disciplinamiento frente a lo que consideró como una desobediencia administrativa. Evidentemente, este resulta ser un accionar contrario a las normas constitucionales y de derechos humanos”.
Según Camaño, el accionar del camarista “fue un claro acto de violencia contra la Dra. María Amelia Expucci, al afectar su libertad personal, y que es esta la dimensión más grave de su conducta”, a la que encuadró “reñida con la ley 26.845 de Protección Integral a las Mujeres y con la Convención de Belem do Pará”.
También destaca que “no debe soslayarse de ninguna forma que el Dr. Gemignani integra el máximo tribunal de competencia penal federal del país, lo cual genera un deber inclaudicable de contar con un compromiso con la perspectiva de género, a fin de salvaguardar los derechos de las mujeres víctimas. Sin embargo, su obrar demuestra una carencia absoluta al respecto, que merece un severo reproche disciplinario”.
Tamaño pedirá que se tenga en cuenta, además, que “el magistrado en los descargos presentados nunca formuló una disculpa a la víctima, ni evidenció arrepentimiento en su obrar, ni siquiera admitió que pudo haber obrado por error o por un rapto emocional repentino”.
Curso en materia de genero y violencia contra mujeres
En tanto, los consejeros Alberto Lugones y Diego Molea, juez y representante de los académicos respectivamente, también presentarán un dictamen propio en el que, además de pedir como sanción a Gemignani una multa del 50% de sus haberes, solicitarán que realice un curso de capacitación en materia de género y violencia contra las mujeres, bajo la órbita del INAM
En este sentido, ambos consejeros advierten “resulta insoslayable no tratar el tópico más relevante cual es la cuestión de género, tal vez el cargo más grave de todos que hace que la conducta desplegada por el magistrado merezca una sanción ejemplificadora”.
“Todas estas prácticas del magistrado, además de resultar incompatibles con el deber de ejemplaridad e irreprochabilidad de conducta que impone el artículo 8 del Reglamento para la Justicia Nacional, compromete la adecuada y eficiente prestación del servicio de justicia en la medida en que se degrada el clima de trabajo y con ello el rendimiento laboral de empleados y funcionarios”, sostienen Lugones y Molea en el dictamen que presentarán hoy en la reunión del cuerpo.
Y agregan: “En la Comisión de Disciplina y Acusación, es imperiosa la defensa de los posibles abusos por parte de los magistrados respecto de sus inferiores. Nos toca intervenir como consejeros y este es un caso paradigmático que no puede pasar inadvertido”.
La sanción aprobada en la Comisión de Acusación deberá ser luego refrendada, por mayoría, en el plenario del Consejo que tendrá lugar a continuación.