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Después del fallo judicial, el Gobierno formalizó la puesta en marcha de la Ley de Discapacidad

El Gobierno nacional aprobó este miércoles la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad mediante el Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial. La medida se conoció luego de un fallo judicial que ordenó al Estado avanzar con la aplicación de la norma, sancionada por el Congreso en julio del año pasado y cuya vigencia había quedado condicionada a la disponibilidad presupuestaria.

La Ley 27.793 declara la emergencia en discapacidad y fija un nuevo marco para políticas públicas, prestaciones y pensiones hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año. Sin embargo, el Poder Ejecutivo había dispuesto previamente que su implementación quedara supeditada a la asignación de partidas en el presupuesto nacional.

Esa decisión derivó en una presentación judicial. En diciembre, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró inválido el artículo que suspendía la aplicación de la ley y ordenó su “inmediata puesta en marcha”, al considerar que el condicionamiento presupuestario resultaba incompatible con obligaciones constitucionales e internacionales y que el desfinanciamiento ponía en riesgo tratamientos esenciales para personas con discapacidad.

Aunque el Gobierno apeló el fallo ante la Cámara Federal de San Martín, el magistrado habilitó la feria judicial de enero para supervisar el cumplimiento e intimó al Ministerio de Salud a informar las acciones adoptadas.

A comienzos de enero, la cartera conducida por Mario Lugones comunicó que había iniciado gestiones administrativas para aplicar la ley, aunque sin precisar plazos. Con la reglamentación ahora publicada, el Ejecutivo formalizó ese proceso.

Nuevo régimen de pensiones y auditorías

La reglamentación establece cómo se aplicarán los puntos centrales de la ley, que hasta ahora no contaba con reglas operativas. Entre los cambios más relevantes se encuentra la creación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, la conversión automática de beneficios ya otorgados y la implementación de auditorías periódicas.

El decreto fija criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades y procedimientos administrativos, y dispone que el sistema se articule con políticas de inclusión laboral y compatibilidad de ingresos, para evitar superposiciones con otros beneficios.

Además, las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad serán convertidas de oficio en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará un proceso de relevamiento y verificación.

Fortalecimiento institucional

La reglamentación refuerza el rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad, ahora bajo la órbita del Ministerio de Salud, y la instruye a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica. También establece un plazo de 30 días para presentar un plan de auditorías.

El decreto ratifica además los mecanismos de consulta y participación a través del Consejo Federal, el Sistema de Prestaciones Básicas, el Comité Asesor, el Consejo de Articulación de Programas y el Observatorio de la Discapacidad, con esquemas de cooperación entre Nación, provincias y Ciudad de Buenos Aires.

En los considerandos, el Ejecutivo aclaró que dicta la reglamentación “sin reconocer hechos ni derechos” derivados del fallo judicial, pero con el objetivo de dotar de precisión operativa a la norma y fortalecer los mecanismos de control.

La norma lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y del ministro de Economía Federico Sturzenegger.

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