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Crisis en la Corte: tres jueces recortaron facultades a Rosenkrantz

Una acordada de la Corte Suprema de Justicia resolvió que las decisiones administrativas del alto tribunal, entre ellas las designaciones o renuncias de sus empleados o la renovación de contratos, se deben adoptar por una mayoría de tres de sus ministros, con lo cual recortaron las facultades al presidente del máximo tribunal nacional.

 

La decisión lleva la firma de tres ministros de la Corte, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, con la disidencia del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, mientras que la vicepresidenta, Elena Highton, no firmó ninguna de las dos.

En disidencia, Rosenkrantz recordó que el Congreso mantuvo expresamente en vigencia las facultades del titular del máximo tribunal en materia de ejecución presupuestaria, como de reestructuración del Presupuesto.

 

La Acordada que firmaron Lorenzetti, Rosatti y Maqueda, expresa que las decisiones correspondientes al ejercicio de la Superintendencia se adoptarán “por mayoría de tres de sus miembros”.

Además, dispuso que la Corte designará, aceptará las renuncias de sus funcionarios y/o empleados por mayoría de tres de sus miembros e idéntico criterio adoptó para la renovación de los contratos de personal en la Corte y en los restantes tribunales del Poder Judicial.

 

Asimismo, los tres ministros ratificaron la política presupuestaria, económica y financiera del cuerpo “basada en los criterios de responsabilidad fiscal aplicada por esta Corte”.

Por otra parte, decidieron mantener el Fondo Anticíclico de la Corte e impulsar otras alternativas similares a fin de “preservar la independencia del Poder Judicial”.

 

Dispusieron crear en el ámbito de cada vocalía de la Corte una Unidad de Asistencia Técnica de Coordinación que estará cargo, en cada caso, de un director General, y deberá coordinaren su ámbito las políticas establecidas en esta acordada.

En tanto, Rosenkrantz señaló que deben entenderse que las normas “confieren facultades distintas al presidente y al pleno del Tribunal”.

 

Por lo tanto, advirtió que “no son legalmente admisibles reglas de funcionamiento en las que uno o más ministros adopten sin el con curso de la voluntad del Presidente” sobre todo “decisiones que impliquen disposiciones del crédito presupuestario”.

También propuso que los ministros de la Corte “intervengan en diferentes categorías de decisiones”.

 

“De esta manera, la voluntad de cada uno de ellos resultará necesaria para adoptar determinado tipo de decisiones del Tribunal en materia administrativa”, acotó y además señaló que esta diferenciación de categorías “evita que puedan formarse mayorías rígidas que decidan por sí la totalidad de las cuestiones resolver”.

Este esquema, según Rosenkrantz, “reduce la discrecionalidad en la toma de decisiones, al sustituir un mecanismo de decisión unipersonal por otro donde se requiere el logro de consensos y se aplican pautas objetivas de contratación”.

 

Pero además expresó que si bien “es indispensable introducir cambios en el sistema de contratación actual” sostuvo que “cualquier modificación al sistema imperante debe llevarse cabo con estricto apego la legalidad, pues el apego a las leyes la primera responsabilidad de este Tribunal”.