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Censo 2022: ¿hay penas si no se espera o miente al censista?

El próximo miércoles 18 de mayo fue declarado como feriado nacional a través del decreto 42/2022. Todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17 del Decreto 726/2020.

El Día del Censo será feriado nacional para que todas las personas puedan esperar en sus viviendas a las personas acreditadas para censar. Si vas a salir de tu casa, asegurate de que en todo momento haya una persona presente que pueda responder las preguntas o presentar el comprobante de finalización del Censo digital. No es necesario que la persona censista ingrese a tu hogar.

A partir de las 8:00 del miércoles 18 de mayo de 2022, una persona censista, debidamente acreditada, visitará cada una de las viviendas del país, hayan completado o no el cuestionario digital.

Las personas censistas tendrán una pechera con la imagen del Censo y una credencial con sus datos personales (nombre, apellido y DNI).

El Gobierno Nacional, a través del decreto 42/2022, declaró a la fecha como feriado nacional, para garantizar que toda la ciudadanía se encuentre en su hogar para recibir al censista.

Frente a esta situación, no son pocas las personas que se preguntaron qué pasa si no se encuentran en su vivienda cuando pasa el censista. Ante estos interrogantes, se deben aclarar algunas cuestiones:

-El Censo no considera el domicilio legal de las personas, sino el real. Esto quiere decir que la población debe permanecer en el domicilio donde realmente vive, y no necesariamente en el que figura en su documento.

-Desde el 16 de marzo pasado, se puede completar el censo de forma virtual. Quienes hicieron esto, deberán presentar un código, para que los mismos tengan acceso a las respuestas. Sin embargo, en caso de no estar en la vivienda, se puede dejar el código a algún vecino, encargado o persona de confianza, para que lo presente ante los censistas.

-Como cada hogar deberá elegir a un integrante para que reciba a los censistas, quienes vivan con otra/s personas podrán salir de su vivienda, siempre y cuando quede alguien en el domicilio que pueda responder las preguntas o presentar el código del censo digital.

-Según el artículo 17 del Decreto 726/2020, el censo es obligatorio y todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal. Así, quienes no brinden los datos requeridos o mientan en la información, serán sancionados con una multa que puede alcanzar los $100.000, aunque estos valores son actualizados semestralmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

¿A qué actividades afectará?

Entre las 00:00 y las 20:00 del Día del Censo no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas. Tampoco podrán permanecer abiertos los clubes y comercios de venta de artículos alimenticios (Ley 24.254).

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