La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el reclamo de Máximo Kirchner y Florencia Kirchner para anular las medidas cautelares sobre 13 inmuebles pertenecientes a las firmas Los Sauces y Hotesur. La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la condena del caso Vialidad, luego de que el tribunal a cargo desestimara previamente un planteo similar de Cristina Kirchner para frenar el embargo sobre el departamento de San José 1111.
A instancias de una solicitud planteada por el fiscal general Diego Luciani, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) dispuso embargar preventivamente los bienes para asegurar su valor frente a un eventual remate o decomiso patrimonial. En ese marco, la fiscalía apunta a ejecutar un lote integral de propiedades vinculadas a la trama de corrupción.
Esta segunda etapa comprende un total de 141 bienes muebles e inmuebles atribuidos en su mayoría a la expresidenta y a Lázaro Báez. Cabe destacar que los nueve condenados por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública deben responder de forma solidaria ante un decomiso tasado en 685.000 millones de pesos, monto que fija el perjuicio generado contra las arcas del Estado nacional.
Previamente, el máximo tribunal penal del país convalidó el criterio del tribunal de juicio sobre la ejecución inicial de 111 bienes. Sin embargo, la resolución final sobre ese primer conjunto de inmuebles permanece bajo análisis de la Corte Suprema de Justicia.
En simultáneo, los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso efectivizaron la cautelar sobre las propiedades identificadas por el Ministerio Público para evitar modificaciones en su condición registral o eventuales ventas. En esa línea: Cristina Kirchner intentó frenar la medida argumentando que los inmuebles pertenecen a sus hijos, quienes no formaron parte de los hechos juzgados en el proceso oral.
Entre los activos afectados figura el departamento de San José 1111, donde la exmandataria cumple el arresto domiciliario derivado de su condena. Al ordenar las primeras medidas patrimoniales, los magistrados determinaron que todos los bienes sumados al patrimonio entre 2003 y 2015 resultaban pasibles de decomiso, pese a que en 2016 fueron cedidos gratuitamente a sus hijos.
La resolución de la Sala IV
La Sala IV de Casación resolvió desestimar la pretensión de los herederos con el voto mayoritario de los camaristas Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, quienes concluyeron que la decisión adoptada por el tribunal de juicio no resultaba recurrible.
Por su parte, el juez Mariano Borinsky votó en disidencia al considerar que el recurso debía tramitarse, ratificando su postura previa de que los bienes inscriptos a nombre de los hijos no debían ser objeto de decomiso.
Con este fallo quedó firme la medida cautelar sobre los inmuebles de las sociedades comerciales investigadas. La firma Los Sauces posee la titularidad del departamento de San José 1111, el chalet de la costanera de Río Gallegos y el hotel La Aldea en El Chaltén, mientras que Hotesur SA registra como activo central el hotel Alto Calafate, administrado comercialmente por las firmas de Báez hasta junio de 2013.
Los fundamentos del decomiso societario
Para fundamentar el avance patrimonial sobre las empresas, el TOF 2 remarcó que la maniobra delictiva comprobada “generó beneficios económicos directos para Lázaro Báez e indirectos para la familia Kirchner”.
Asimismo, los jueces señalaron que “existió una conexión económica y comercial comprobada” durante todo el período, acreditando que las empresas del contratista alquilaron y explotaron los emprendimientos hoteleros de los exmandatarios. Y concluyeron: “El dinero del delito circuló y se asentó en los activos de esas sociedades”.
En la resolución judicial se especificó además el alcance legal de la medida patrimonial. “El artículo 23 autoriza a alcanzar a las personas jurídicas o sociedades que se hayan beneficiado por el producto o provecho del delito. Bienes transmitidos gratuitamente a terceros: La norma también habilita a ir tras activos o participaciones que hayan sido cedidos o transmitidos de forma gratuita a terceros”, detallaron los magistrados.
Por último, el tribunal recordó que las acciones de Los Sauces y Hotesur están embargadas desde 2017 tras analizarse la sucesión de Néstor Kirchner. Dado que la condena y el resarcimiento pesan directamente sobre la exmandataria, la cesión de cuotas no neutraliza la ejecución judicial de los bienes involucrados.


