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Caso Maldonado: la Fiscalía de Esquel ahora lo investiga como una “desaparición forzada”

La Fiscalía Federal de Esquel emitió este jueves un comunicado, en el que informó que investigarán el caso del artesano Santiago Maldonado como “desaparición forzada” de persona. De este modo, pidieron que la causa cambie de carátula, tal como plantearon familiares, amigos y representantes de organismos de Derechos Humanos.

 

El joven de 28 años fue visto por última vez desde el 1 de agosto cuando participó de una protesta mapuche en Chubut. Según algunos testigos, fue llevado del lugar por efectivos de Gendarmería. Su hermano, Sergio Maldonado, confirmó en declaraciones a Radio del Plata la medida que tomó la justicia: “La Fiscalía accedió a caratular la causa como ‘desaparición forzada de persona'”.

 

Hasta ahora, el caso era investigado como “NN sobre averiguación de delito”. Ante esto, el familiar acotó que la fiscal a cargo les informó “que la investigación es sobre el delito de desaparición forzada de Santiago y dio curso a nuestro pedido de recaratulación”. Según su relato, la funcionaria judicial les comunicó que “a fin de continuar con las medidas adoptadas en tal sentido solicitó el secreto de sumario por 10 días corridos más”.

 

En contraste el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj, había asegurado esta mañana que en el caso de Santiago Maldonado, no había “ningún indicio que demuestre que sea una desaparición forzada de personas”. Además advirtió que “existe una serie de posibilidades abiertas” sobre lo ocurrido con el artesano.

 

“Hay investigaciones dentro del Ministerio de Seguridad con respecto a la fuerza misma y no hay ningún indicio de que esto haya sido así”, sostuvo el funcionario al ser consultado sobre la hipótesis de que se trate de un caso de desaparición forzada de persona perpetrado por la Gendarmería.

 

El texto completo

 

La Fiscalía Federal de Esquel informó que se continúa investigando la desaparición forzada de Santiago Andrés Maldonado, hecho ocurrido el día 1 de agosto del corriente año en el marco de tareas realizadas por Gendarmería Nacional, como así también otras conductas disvaliosas en perjuicio de miembros de la comunidad mapuche Lof en Resistencia Departamento Cushamen, que ocupa el predio en conflicto territorial desde el 15 de marzo de 2015.

 

Debido a la gravedad del caso, relativo a la desaparición de un joven en el marco de un procedimiento realizado por una fuerza federal, es que se impulsaron medidas tendientes no sólo a determinar las circunstancias concomitantes a su desaparición sino también a la atribución de responsabilidad de las personas que pudieran ser responsables de su desaparición el pasado 1 de agosto. En este contexto, se han ordenado medidas de georreferencia tendientes a ubicar a la víctima y a cada uno de los vehículos que pertenecen a la fuerza preventora.

 

Se obtuvieron diversas declaraciones tanto en el predio ocupado –distante a aproximadamente 100 km de la sede de esta Fiscalía Federal- y testimoniales en esta dependencia. También se han solicitado medidas irreproducibles al Juzgado Federal que, por razones de lógica investigativa, no pueden ser informadas. Se encuentran cooperando de forma coordinada diversas dependencias de la Procuración General de la Nación. En efecto, actualmente se cuenta con la activa participación del Fiscal General Felix Crous, de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia y de la Dirección General de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC), que ha iniciado su intervención de asistencia a los familiares de Santiago Andrés Maldonado. En el marco de esta causa, los familiares, como víctimas, se han constituido como parte querellante, han sido informados en forma personal y a través de sus asesores letrados sobre las diligencias impulsadas.

 

Corresponde destacar que la mediatización de datos sensibles como la publicidad de las medidas dispuestas motivó que este Ministerio Público Fiscal solicitara al Juez Federal de Esquel que ordenara, en esta causa, el secreto del sumario, lo que fue concedido mediante resolución fundada el 14 de agosto pasado, toda vez que las circunstancias señaladas por esta parte se circunscribían al presupuesto previsto en el artículo 204 del Código Procesal Penal de la Nación. Dicha medida, si bien limita a las partes a tener acceso a la tarea investigativa, tiene como principal objetivo minimizar cualquier riesgo que pudiera ocasionar la publicidad de la misma, tanto en su producción como en su resultado. Por último, sin perjuicio de ser la hipótesis delictiva inicial de la causa, se solicitó al Juzgado Federal la recaratulación de la causa, que ha quedado registrada como EXPTE FCR 8232/2017 “N.N. s/ desaparición forzada de personas Art. 124 ter del Código Penal”.