Caso D’Alessio: El fiscal Carlos Stornelli fue totalmente sobreseído
|El juez federal Julián Ercolini sobreseyó al fiscal Carlos Stornelli de los tres últimos de los nueves casos que le había abierto el juez K Alejo Ramos Padilla en la causa D’Alessio que fue usada en el Operativo Puf para tratar de anular el expediente de los Cuadernos de las Coimas.
Luego de 5 años de investigación, acusaciones falsas de la ex presidenta Cristina Kirchner y de inactividad de las querellas, Ercolini sobreseyó a Stornelli en los casos conocidos como “Ubeira”, “Pedro Etchebest” y “asociación ilícita”. Así quedó desvinculado del caso aunque las querellas pueden apelar.
El Operativo Puf consistió en una maniobra de forum shopping (elegir al juez amigo) del kirchnerismo para llevar una denuncia por intento de extorsión del falso abogado Marcelo D’Alessio de la Capital Federal al juzgado de Dolores que en ese momento tenía Alejo Ramos Padilla. Desde por lo menos diez días antes de presentada la denuncia en Dolores ex funcionarios K presos en Ezeiza sabían de la “presentación espontánea” de Etchebest.
Ese magistrado K en vez de recibir la denuncia y derivarla a la Capital Federal donde había comenzado el intento de extorsión de D’Alessio a Pedro Etchebest, la retuvo y abrió más de seis causas en jurisdicciones que no era de su competencia. Además, permitió que una decena ex funcionarios procesados por pedido de Stornelli como el ex ministro de Planificación, Julio De Vido, fueran querellantes, junto a empresarios afines al kirchnerismo.
Stornelli, quien empezó en el 2018 la causa de los Cuadernos de las Coimas y el fallecido juez Claudio Bonadio fueron desde entonces objeto de decenas de denuncias, pedidos de juicio político e insultos sin precedentes que tuvieron su punto máximo con el Operativo Puf. Cristina, como senadora, había tratado a Stornelli de “extorsionador” por la falsa acusación de haber participado de un pedido de D’Alessio de 300 mil dólares al “productor agropecuario jubilado” Pedro Etchebest para no involucrarlo en la causa Cuadernos.
En el 2019, Ramos Padilla procesó a Stornelli por los casos conocidos como “GNL”, “Brusa Dovat- PDVSA”, “Terrorismo – Irán”, “Pedro Etchebest”, “Ubeira”, “Castanón” y “Munin – Talevi” y asociacón ilícita. Pero meses después la Cámara Federal de Mar del Plata anuló la mayoría de esos procesamientos porque habían sido dispuestos con un criterio “infantil” pero dejó abierto el caso Ubeira, un supuesto intento de hacerle una cámara oculta al abogado José Manuel Ubeira, Etchebest y asociación ilícita.
En un fallo de 60 páginas, Ercolini recordó que el fiscal federal de Dolores, Juan Pablo Curi, el fiscal general de Mar del Plata Juan Manuel Pettigiani y el fiscal general de la Cámara Federal de Casación Penal Raúl Omar Pleé habían pedido la desvinculación definitiva de Stornelli de la causa.
La Cámara Federal de Mar del Plata, en el 2019, ya había decidido que “no existe prueba alguna de la vinculación de Stornelli con otros miembros de la asociación ilícita” que habría integrado D´Alessio, recordó.
Sobre el caso “Ubeira”, el tribunal marplatense, integrado por Alejandro Osvaldo Taza y Eduardo Pablo Jiménez, había dictaminado que “aunque la situación hubiera ocurrido como el Juez Ramos Padilla plantea, cuestión que no se compartirá, sostendremos que no constituye acción alguna de inteligencia ni de espionaje la realización de una cámara oculta de un particular”.
La Camara Federal de Mar del Plata, también dijo que D´Alessio “no era parte de ningún organismo perteneciente al Sistema Nacional de Inteligencia” ni a la embajada de EE.UU. como sostuvieron falsamente los ex funcionarios y los medios K. Además, que los delitos contra la Ley de Inteligencia “sólo pueden ser cometidos por los funcionarios a dicho sistema. De ese silogismo se desprende, entonces, que “D ́Alessio no podría cometer los delitos allí tipificados”.
De esta manera, “si Marcelo Sebastián D´Alessio quería filmar a alguien reconociendo la comisión de un delito en perjuicio del fiscal Carlos Stornelli, se hallaba dentro del ámbito de libertad que preserva la Constitución Nacional, sumado a que dicho accionar no configura una acción de inteligencia ilegal”, sostuvo Ercolini.
Más adelante, Ercolini señaló que “transcurrido un lapso más que considerable desde el dictado de los autos de falta de mérito a su respecto, no se había incorporado en el proceso ninguna prueba útil y conducente para la instrucción en sentido cargoso ni tampoco se avizoraba que alguna de tal naturaleza pudiese arrimarse al proceso”.
Con relación al caso “Etchebest”, Ercolini destacó que “la prolongada inactividad de la parte querellante en cada caso, no puede de ninguna forma afectar al nombrado Stornelli en virtud de la aplicación de la garantía constitucional que tiene toda persona imputada de un delito a obtener un pronunciamiento judicial que defina su situación frente a la ley y a la sociedad”.
En efecto, “entiendo que la situación procesal del sindicado debe ser reconsiderada no sólo a la luz de las medidas probatorias que con posterioridad al auto de procesamiento dictado en su contra el 18 de diciembre del 2019 fueron realizadas, sino también teniendo en consideración lo ordenado por los tribunales de Alzada y los argumentos vertidos por los representantes del Ministerio Público Fiscal”.
Recordó que la Cámara Federal porteña ordenó “la profundización y realización de medidas probatorias en virtud de lo declarado tanto por DAlessio como por Stornelli en el marco de este caso, fueron evacuadas algunas de las medidas solicitadas por la defensa de Stornelli”.
Sin embargo, “ninguna de ellas por sí mismas, permiten dar sustento a la imputación primigeniamente formulada por el anterior juez (Ramos Padilla)” e incluso la grabación de una conversación entre D’Alessio y Etchebest al volver de Pinamar.
“Así, el Dr. Ramos Padilla, fundó la imputación principalmente en esas grabaciones, tuvo por cierto ese relato, que no son más que dichos vertidos por Marcelo D´Alessio, respecto de quien ha quedado acreditado que una de las formas de operar de la organización ilegal a la cual pertenecía era justamente la de dar por ciertas determinadas circunstancias que en la realidad no resultaron ser así, y utilizarlas en beneficio de la organización en pos de convencer a las eventuales víctimas o inducirlas a realizar determinada acción”, agregó Ercolini.
Además, Ercolini consideró un informe de la Dajudeco, que depende de la Corte, que sostuvo “del análisis de los impactos de llamados y geolocalización de la totalidad de los abonados cuyos usuarios son: Marcelo D´Alessio, Carlos Stornelli, Gustavo Saenz y Pedro Etchebest; la reunión entre los tres primeros se desarrolló durante aproximadamente treinta a cuarenta minutos, luego de lo cual el intendente de Salta Saenz se retiró del parador. Minutos después Stornelli se despidió de D´Alessio”. Se refiere a la reunión en un café de la playa de Pinamar en enero de 2019 que fue grabado en forma clandestina por Etchebest que el kirchnerismo afirmó que fueron varias horas.
De tal forma, “en base a las medidas probatorias realizadas a lo largo de todos estos años de tramitación de este expediente y ante la inactividad de la querella, considero que no se ha podido probar siquiera con un mínimo grado de provisionalidad la relevancia jurídico penal de la maniobra imputada a Carlos Stornelli e identificada como caso “Etchebest””, que era el eje del Operativo Puf contra el fiscal.