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Casanello rechazó el pedido de sobreseimiento de Lázaro Báez

El juez federal Sebastián Casanello rechazó un planteo para sobreseer al empresario Lázaro Báez que decía que el dinero que tenía era legítimo y por lo tanto no podía estar lavando plata “blanca”. El magistrado rechazó el planteo de “falta de acción” que hizo el abogado defensor Maximiliano Rusconi, teniendo en cuenta que el empresario -que cumplió medio año tras las rejas- ya tiene dos procesamientos por lavado de dinero, confirmados por la Cámara Federal.

 

“La confirmación de un auto de procesamiento por parte de la Cámara es un argumento de peso para rechazar un planteo de este tenor. Así y todo, los letrados tampoco introducen ningún aspecto novedoso e idóneo para confrontar la imputación”, dijo Casanello.

 

También advirtió que “el planteo no solamente de modo tardío y equivocado busca discutir la autonomía de la actual figura de lavado de activos, sino que huele a sofisma pues intenta correr el eje de la cuestión y alterar los términos del reproche”.

 

La defensa de Báez había dicho que “no hay delito precedente que justifique la figura de lavado de activos” que se le atribuye a su cliente y opinó que si esos fondos venían de la obra pública “los bienes provenían de un acto lícito”.

 

“¿Cuán mayor legitimidad podría tener una suma dineraria que la que fuera girada por el mismo Estado, y en virtud de una orden dada por una resolución que, en tanto no adoleciera de ningún vicio manifiesto, está dotada de una presunción de legitimidad? El dinero que giró el Estado, ERA LEGÍTIMO. Con todo, las conductas neutrales que se les adjudican a mi asistido, las cuales, con gran dificultad, pretenden encuadrar a la figura típica de legitimación de activos de origen delictual mal podrían consistir en una legitimación/blanqueo/ lavado si el dinero ERA LEGÍTIMO y provenía de una ACTIVIDAD LÍCITA. Dicho de otra manera: NO SE PUEDE LAVAR DINERO BLANCO”, advirtió la defensa haciendo hincapié en las mayúsculas.

 

Pero Casanello sostuvo que “lo que consideramos el eje del planteo, es decir la aseveración de los letrados en torno a que el dinero involucrado en las operaciones de lavado era dinero lícito o legítimo producto de las ganancias declaradas por la realización de obra pública, es lisa y llanamente una alteración de los términos del reproche”.

 

Según el juez, la propia causa demuestra “con claridad meridiana que las conductas fueron interpretadas dentro de un detallado cuadro contextual que abarcó no sólo las graves denuncias de corrupción vinculadas a Lázaro Báez como contratista del Estado que tramitan ante otros juzgados -la más relevante y con importantes avances sería la 15.738/08 y sus conexas (asociación ilícita)- sino investigaciones propias, como la iniciada por la Diputada Dra. Margarita Stolbizer -(por Los Sauces) quien asumió la calidad de amicus curiae-, que echaron luz sobre flujos de capitales negros”.

 

Citándose a sí mismo, Casanello afirmó: “Las probanzas que ha reunido el Tribunal con el decurso de la investigación llevada adelante en la causa nro. 3.215/2015, han permitido forjar la fortísima sospecha de la existencia de una compleja defraudación tributaria, llevada adelante por Austral Construcciones SA, en la cual las facturas apócrifas han constituido el ardid utilizado por la firma, como mínimo, para inflar costos en el marco de las obras públicas que le fueron adjudicadas por el Estado y defraudar, de tal modo, al Fisco por sumas millonarias”.

 

El juez advirtió así que “el modo de excepcionar elegido no admite debate sobre cuestiones vinculadas a este aspecto”, y afirmó que “no resultando manifiesta, palmaria o evidente, la atipicidad alegada por la defensa, sino todo lo contrario, de conformidad con la postura asumida por el representante del Ministerio Público Fiscal, es que en definitiva no se hace lugar” al planteo, “con costas”.