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Blanqueo: ampliaron el alcance a los seguros off shore

El Gobierno realizó una nueva adecuación a la ley de Sinceramiento Fiscal, y amplió el alcance a la contratación de un seguro de vida con capitalización fuera del país. Según se informó en el Boletín Oficial de este viernes se habilita al régimen de exteriorización de activos al “rescate anticipado de los seguros de vida con capitalización antes del 31 de marzo de 2017, aunque con fecha al 22 de julio, sin penalización”.

 

Así, los contribuyentes podrán blanquear el seguro off shore sin ser sancionados. Sin embargo, la Resolución 3944/16 de la AFIP estipula que dicha contratación no podrá mantenerse, ya que continúa prohibida desde hace 60 años.

 

En su artículo 2°, la Ley 12.988, sancionada el 24 de junio de 1947, prohíbe asegurar en el extranjero a personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción argentina. Prevé, además, la aplicación de una multa a los asegurados e intermediarios que celebren o intermedien en contratos en infracción a esta disposición.

 

“Cuando se trate de seguros con capitalización y ahorro contratados en el exterior y en la medida en que se cancelen y/o rescaten con anterioridad a la fecha de la declaración voluntaria del respectivo derecho, el valor de rescate -a la fecha de preexistencia prevista en el segundo párrafo del Artículo 37 de la Ley N° 27.260- deberá surgir de una constancia emitida por la entidad aseguradora del exterior. A efectos de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional se aplicará lo indicado por el primer párrafo del Artículo 40 de la citada ley”, señala la norma.

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