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ATER informó que vence en agosto la cuota del Inmobiliario Urbano

El organismo tributario provincial recordó fechas, medios de pago y destino específico de una parte del impuesto

Redacción by Redacción
04/08/2026
in Entre Ríos
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ATER informó que vence en agosto la cuota del Inmobiliario Urbano

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) informó que en agosto vence la cuarta cuota del Impuesto Inmobiliario Urbano para quienes optaron por el pago prorrateado. El martes 18 operará el vencimiento para los dominios cuyo último dígito numérico finaliza del 0 al 4, mientras que el miércoles 19 corresponderá a los finalizados del 5 al 9.

Cronograma y consulta de vencimientos

Continúa de este modo el cronograma previsto de vencimientos impositivos de agosto. La agenda fue diseñada para ordenar y distribuir las obligaciones tributarias a lo largo del año, facilitar su cumplimiento y favorecer una adecuada planificación.

Desde ATER se recordó que el resto de los vencimientos que operan en agosto pueden consultarse en el calendario disponible en el sitio web oficial del organismo.

Fondo de Mantenimiento Edilicio y destino de los fondos

El organismo aclaró nuevamente que la especificación “Fondo de Mantenimiento Edilicio de Edificios Escolares” incluida en la boleta no representa un nuevo tributo ni implica ningún tipo de aumento en el impuesto.

Se trata de una parte del monto ya incluido en el Impuesto Inmobiliario Urbano que ahora se asigna específicamente a obras de infraestructura escolar y servicios públicos esenciales.

Boleta digital y canales de contacto

Las boletas de los impuestos provinciales se emiten en formato digital y están disponibles las 24 horas en el sitio web oficial de ATER.

Los contribuyentes pueden adherir a la Boleta Digital para recibir avisos y notificaciones por correo electrónico. Para consultas se encuentran habilitados el correo electrónico consultas@ater.gob.ar, la web www.ater.gob.ar y la línea telefónica 0810-888-2837, de lunes a viernes de 8 a 13.

Medios de pago presenciales y electrónicos

También se puede abonar de manera presencial en sucursales de Plus Pagos Servicios, presentando únicamente el DNI, número de partida, dominio o CUIT, sin necesidad de contar con la boleta impresa.

Asimismo, los impuestos provinciales pueden pagarse mediante código QR desde billeteras virtuales, home banking, débito automático y otros medios electrónicos habilitados disponibles en www.ater.gob.ar.

Tags: impuestos provincialesinmobiliario urbano
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