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ARCA efectúa precisiones sobre aspectos claves del RIGI

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A través de la Resolución General 5.605/2024, ARCA efectúa precisiones sobre la forma de cálculo del límite máximo para emitir certificados de crédito fiscal para los proyectos productivos adheridos al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), determinando el tipo de cambio que deberá ser utilizado para su cálculo en pesos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece el tipo de cambio que debe utilizarse para determinar el valor en pesos del proyecto de inversión y los montos de inversiones a los fines de establecer el límite máximo para emitir los certificados de crédito fiscal por parte de los Vehículos de Proyecto Único (VPU).

En virtud de las consultas recibidas, la directora ejecutiva del Organismo dictó la Resolución General N° 5606, precisando que, sólo para esos efectos, deberá tomarse el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina al cierre del día hábil inmediato anterior al de la emisión del comprobante correspondiente por parte del proveedor o prestador de servicios o la fecha de oficialización del despacho de importación.

Cabe recordar que mediante la Resolución General 5589, ARCA implementó el servicio “web” denominado “CERTIVA – Certificados de Crédito Fiscal IVA”, que en esta primera etapa se utilizará en el marco del RIGI.

El RIGI tiene como objetivo fomentar las grandes inversiones del sector privado en la Argentina, promover el desarrollo económico, favorecer la creación de empleo e incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios. Abarca sectores como forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas.

El régimen permite el ingreso de inversiones con una base de U$S 200 millones que el Poder Ejecutivo puede incrementar por sector, mientras que para inversiones que puedan resultar en el posicionamiento de la Argentina como nuevo proveedor a largo plazo en mercados internacionales en los que aún no se cuente con participación relevante y que involucren inversiones en activos computables en etapas sucesivas, el monto podrá ser igual o superior a U$S 1000 millones.

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