La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización, distribución, uso y publicidad de varios protectores solares vendidos en comercios de la Ciudad de Buenos Aires, al constatar que se trataba de productos sin inscripción sanitaria y fuera de los registros oficiales del organismo.
La medida quedó oficializada mediante la Disposición 4300/2026, publicada en el Boletín Oficial de este lunes, y alcanza a artículos de tres marcas distintas que se encontraban a la venta sin autorización.
Protectores solares ilegítimos en comercios de CABA
Según el texto de la disposición, las actuaciones se iniciaron a partir de tareas de fiscalización realizadas por personal del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal sobre productos de las marcas Karité, Kiss Beauty y Miss Vanesa.
Los artículos alcanzados son el protector solar “COLLAGEN – Nourish skin UV protective SPF60++ sunscreen serum” de la marca Karité, el protector solar “Sunscreen cream SPF50” de la marca Kiss Beauty y el protector solar “ANTHELIOS XL 50+ SPF” de la marca Miss Vanesa.
La disposición detalla que los productos fueron encontrados en diversos comercios ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante inspecciones realizadas el 15 de mayo de 2026.
En esos procedimientos, el organismo solicitó documentación de procedencia y material informativo relacionado con los protectores solares, pero constató que “la inspeccionada no poseía al momento del procedimiento” la documentación requerida, según se dejó asentado en el acta.
A continuación, los inspectores verificaron la base de datos oficial de la ANMAT y determinaron que “no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el rotulado de los citados cosméticos”, lo que confirmó la falta de registro.
Ante esas irregularidades, la ANMAT concluyó que se trataba de “productos cosméticos ilegítimos” y sostuvo que “no es posible garantizar que hayan sido elaborados bajo las condiciones higiénico sanitarias pertinentes”, por lo que no se puede asegurar su seguridad para el uso en la población.
El organismo también afirmó que los protectores solares “no han ingresado al país a través de un importador habilitado y por la vía legal de autorización de importación”, lo que refuerza su carácter irregular.
Por ese motivo, resolvió prohibir “el uso, comercialización, distribución y publicidad” de esos productos y de “todo otro producto cosmético de las referidas marcas hasta tanto se encuentren debidamente regularizados” ante la autoridad sanitaria.
Unidad de toxina botulínica presuntamente falsificada
En otra disposición publicada este lunes, la ANMAT también prohibió el uso, comercialización y distribución de una unidad identificada como “Dysport 500 IPSEN, lote P22179, vto. 12/2028”. Esta medida fue formalizada mediante la Disposición 4394/2026.
La investigación se inició luego de que la firma Galderma Argentina, titular del producto en el país, informara a la autoridad sanitaria sobre la detección de una unidad presuntamente falsificada.
Según el organismo, “el número de lote consignado no corresponde a un lote de fabricación válido”, lo que encendió las alertas sobre la autenticidad del producto.
La ANMAT indicó además que las unidades legítimas de Dysport deben contar con sistemas de trazabilidad obligatorios y remarcó que respecto del producto detectado “se desconocen sus condiciones de elaboración, contenido, origen y esterilidad”.
Debido a esas irregularidades, el organismo resolvió prohibir su circulación en todo el territorio nacional y confirmó que se realizó una denuncia penal vinculada al caso, a fin de avanzar en la investigación sobre su origen y responsables.
Productos de limpieza ofrecidos por internet sin registro
Además, a través de la Disposición 4297/2026, la ANMAT prohibió la elaboración, uso, publicidad, comercialización y distribución de tres productos de limpieza que se ofrecían por internet sin contar con inscripción sanitaria ni registros ante el organismo.
La medida alcanza a las tabletas descalcificadoras para cafeteras marca SMOL, al limpiador para lavarropas Uproot Clean y al limpiador de bachas y desagües Turbo Desagüe.
Según la investigación, los productos eran promocionados en una página web donde también se detectó su comercialización. Tras las verificaciones correspondientes, la ANMAT determinó que “los productos no se encuentran inscriptos ante la ANMAT y no se identificó un establecimiento responsable de ellos habilitado por esta Administración Nacional”.
Frente a esa situación, el organismo advirtió que “se desconocen las condiciones de manufactura” de los artículos y recordó que tanto los productos domisanitarios como los establecimientos que los elaboran o comercializan deben contar con las habilitaciones y registros correspondientes para poder operar legalmente en el país.


