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Home Política

ADEPA repudió un fallo de la Justicia formoseña que criminaliza a periodistas de LN+

Condenaron a arresto a comunicadores por trabajar sin un carnet oficial

Redacción by Redacción
24/09/2026
in Política
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ADEPA repudió un fallo de la Justicia formoseña que criminaliza a periodistas de LN+

La entidad gremial empresaria ADEPA expresó su “profunda preocupación y rechazo” tras conocerse la resolución del Juzgado de Paz de Menor Cuantía de Las Lomitas, en Formosa, que dictó una sanción de cinco días de arresto o el pago de una multa de $282.550 para cada uno de los cuatro integrantes del equipo periodístico del programa “Hambre de Futuro”, emitido por LN+, por haber realizado entrevistas y coberturas en la Comunidad San José.

En el dictamen, la justicia local declaró a los trabajadores de prensa Lautaro Guillamondegui, Micaela Urdinez, Joaquín Rajadel y Javier Corbalán culpables de infringir el artículo 73 del Código de Faltas de Formosa, alegando que ejercieron la actividad sin un permiso previo ni carnet profesional habilitante.

Frente a esta resolución, el organismo representativo de los medios remarcó su postura. “ADEPA considera especialmente preocupante e inadmisible que una controversia vinculada con el ingreso y la realización de actividades periodísticas en una comunidad haya derivado en una sanción de naturaleza penal o contravencional contra quienes desarrollaban una tarea informativa”, denunció la entidad a través de un comunicado formal.

Asimismo, el pronunciamiento subrayó el marco legal vigente: “La libertad de prensa protege el derecho de los periodistas a investigar, entrevistar, registrar y difundir información de interés público, y cualquier restricción a ese ejercicio debe ser compatible con las garantías constitucionales y convencionales que protegen la actividad periodística”, ratificó.

Garantías constitucionales y estándares internacionales

En ese sentido, se recordó que en el territorio argentino no se exige matrícula, colegiación obligatoria ni habilitación estatal alguna para ejercer la profesión periodística o difundir opiniones. La entidad enfatizó que “la libertad de buscar, recibir y comunicar informaciones está reconocida por la Constitución Nacional a todas las personas” y que “no puede quedar condicionada al otorgamiento de una credencial por parte del Estado ni por organismo alguno”, cuestionando al magistrado que argumentó que sin registro “cualquier persona podría arrogarse la condición de periodista”.

Al respecto, la institución alertó sobre el retroceso institucional que representa el fallo. “Resulta especialmente grave que, en 2026, una sentencia emanada del Poder Judicial de una provincia argentina desconozca principios elementales de nuestra Constitución, la doctrina constitucional consolidada en materia de libertad de prensa y los estándares del sistema interamericano de derechos humanos”, advirtió la entidad, recordando la vigencia de la Opinión Consultiva OC-5/85 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En el análisis del expediente, se puntualizó que “el propio fallo reconoce que los periodistas fueron inicialmente autorizados a ingresar y a realizar entrevistas, y que se retiraron cuando se les pidió hacerlo”, desestimando la versión judicial sustentada únicamente en los dichos del cacique local Guillermo López.

De igual modo, la entidad consideró objetable la fundamentación y sostuvo que los testimonios de los reporteros fueron respaldados por el material fílmico. “No se describe ingreso violento o clandestino, permanencia contra la voluntad de los miembros de la comunidad, agresión física ni una intromisión concreta en la intimidad de persona alguna”, remarcó la asociación.

Para concluir, desde la organización gremial reclamaron dar marcha atrás con la medida punitiva. “ADEPA considera indispensable que este criterio sea revisado. Convertir una credencial profesional en condición para ejercer el periodismo implica instalar un mecanismo de habilitación previa incompatible con nuestra sociedad democrática”, concluyó la entidad, alertando que “un precedente de estas características debe ser categóricamente rechazado, por sus implicancias para la libertad de prensa y el derecho de la sociedad a recibir información”.

Tags: ADEPAFormosaLN+
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