A 5 años de la Ley Justina: Punto de inflexión para un cambio de paradigma
|La Ley Justina (27.447), que regula el Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, cumple cinco años este martes y ya consiguió un objetivo fundamental: redujo de 40 al 10 por ciento la tasa de interrupciones de donación por oposición familiar.
En efecto, a partir de la normativa, cada vez son menos los obstáculos que separan a un paciente en espera del órgano que necesita. Si en 2015 Argentina registraba 15 donantes por millón de habitantes, en 2019 esa cifra escaló a 20. A partir de allí, el país se ubicó, por primera vez en su historia, en el orden del promedio anual que tiene, por ejemplo, la Unión Europea (22).
La Ley Justina funcionó como un punto de inflexión porque cambió el paradigma: a diferencia de lo que sucedía previamente, toda persona mayor de 18 años pasó a considerarse donante de órganos o tejidos, salvo que previamente haya expresado lo contrario. Este fenómeno se lo conoce como “consentimiento presunto” y ya se empleaba en esquemas normativos de otras naciones del mundo con el objetivo de comenzar a satisfacer la demanda de órganos de una forma más eficaz.
Del mismo modo, la norma arrojó luz al habilitar restricciones específicas para la voluntad afirmativa de donación de órganos particulares y no de otros, y también al momento de decidir aspectos como la finalidad: si se quiere que sean donados para ser implantados en otros seres humanos, o bien, si se prefiere que sean donados para investigación de la comunidad científica y médica local.
En el presente, el deseo de no donar puede tramitarse de manera muy sencilla a partir de la aplicación Mi Argentina. También se puede realizar firmando un acta en Incucai y en otras dependencias provinciales del rubro, y como resultado quedan inscriptos en un registro de no donantes. Frente a ello, si bien es cierto que ante la muerte de un ser querido en lo último que se piensa es en la donación de sus órganos, no se puede eludir que constituye un hecho solidario que puede salvar vidas. De hecho, previo a la sanción de la Ley, Ezequiel Lo Cane, el padre de Justina, encabezó la campaña “Multiplicate x Siete”, en alusión a la posibilidad altruista que se abre al momento de partir.
Al mismo tiempo, la Ley se considera integral porque suprimió el requisito de certificación familiar, que liberó a los deudos de tomar una decisión muy difícil en un momento crítico. También, reforzó otros aspectos como la confidencialidad y la privacidad de las personas. En 2022, gracias a una resolución ministerial se creó el Programa Procurar que intenta cumplir con un anhelo estipulado previamente en la norma: instar a las instituciones de salud a que creen sus propios espacios dedicados a la detección, selección y tratamiento de donantes.
Descentralizar la procuración de órganos, bajo esta premisa, podría contribuir a que la ciudadanía conecte más rápido con el sistema. Quien “conecta más rápido con el sistema” tiene mejores chances de salvar su vida y la de alguien que ni siquiera conoce. Algunos hospitales como el “Julio C. Perrando” (Chaco), el “Alejandro Posadas” (Buenos Aires) y la Escuela de Agudos “Dr. Ramón Madariaga (Misiones)” tomaron la iniciativa y transitan el proceso para que se convierta en un servicio asistencial más como cualquier otro.
Hay que tener en cuenta que, en muchos casos, las personas empeoran su calidad de vida, o bien, directamente fallecen a la espera de un órgano que pueda reemplazar el que no funciona correctamente en el organismo. Precisamente, la Ley lleva el nombre de Justina en alusión a la niña de 12 años que murió en 2017 mientras aguardaba por un corazón.
En 2022, 4.024 pacientes en lista de espera recibieron un trasplante de órganos y córneas, lo que significó un incremento del 24 por ciento en la cantidad de trasplantes con respecto a 2021. Del total, 1.985 recibieron un trasplante de órganos, siendo 1.681 de donantes fallecidos y 304 de donantes vivos. El ranking es liderado por el de córneas (2.039), y le siguen los renales (1.367), hepáticos (422), cardíacos (107), renopancreáticos (35) y pulmonares (32). Vale destacar que entre los pacientes que recibieron un trasplante, 328 fueron pediátricos –menores de 18 años–, de los cuales 207 recibieron un trasplante de órganos, y 121 de córneas.
Gestionar los trasplantes se vincula con la administración de recursos escasos. En efecto, los criterios de asignación siguen rigurosos parámetros que hacen, en definitiva, que cada órgano sea trasplantado al individuo “más compatible”. Para la asignación se tienen en cuenta aspectos como la edad (se privilegian los pacientes más jóvenes), las características del tratamiento y otros rasgos más que conforman un puntaje. Ante cada donante, esa lista de espera vuelve a configurarse porque la compatibilidad depende del órgano que se dona.
En el presente, Argentina se ubica como una referencia en el campo de la procuración de órganos para trasplante. Esa conquista fue posible gracias a las capacidades científicas instaladas, a la calidad de los profesionales de la salud que tiene el país y a una Ley como la Justina que llegó para garantizar derechos.