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Se actualizó el procedimiento para reconocer y acompañar a las Fiestas Provinciales

El Decreto Nº 2.476, promulgado el 11 de septiembre, ha derogado una normativa que había estado en vigor durante 40 años y actualizado el procedimiento para reconocer y acompañar las celebraciones populares que potencian la actividad turística en Entre Ríos. Este cambio busca hacer que el Estado sea ágil, digital y facilitador, según destacó el secretario de Turismo, Jorge Satto.

El nuevo reglamento deja sin efecto los Decretos Nº 2.372 de 1977 y Nº 4.086 de 1984, que regulaban el procedimiento para la declaración de las fiestas provinciales durante las últimas cuatro décadas. La normativa ahora vigente establece los pasos y requisitos para que las celebraciones motivadas en acontecimientos históricos, culturales, económicos, paisajísticos o recreativos obtengan el carácter de Fiesta Provincial. La Secretaría de Turismo se configura como la autoridad de aplicación y será responsable de crear un Calendario de Eventos y Festividades orientado a fortalecer la demanda turística.

El Decreto Nº 2.476 facilita el proceso para la declaración provincial de fiestas y eventos populares en Entre Ríos y optimiza el uso de los recursos públicos para lograr una mayor operatividad administrativa. Satto subrayó: “Prometimos cambiar la forma de gestionar el turismo. El Estado debe ser ágil, digital y facilitador para evitar demoras burocráticas innecesarias”.

Aspectos Clave del Nuevo Procedimiento

  • Recepción de Documentación: La Secretaría de Turismo de Entre Ríos será la encargada de la recepción de la documentación, la evaluación y la elevación de los pedidos de declaración de Fiesta Provincial al Poder Ejecutivo.
  • Preformato de Información: Implementará un preformato para mejorar la recolección de la información solicitada a cada organizador.
  • Requisitos: El evento solicitante deberá contar con al menos dos años consecutivos de Declaración de Interés de la Secretaría de Turismo de Entre Ríos para obtener el carácter de Fiesta Provincial. La denominación tendrá una vigencia de cinco años, con posibilidad de renovación mediante la actualización de información.
  • Apoyo Estatal: Los acontecimientos declarados Fiesta Provincial podrán recibir apoyo de asignaciones para promoción y apoyo técnico, logístico y económico a través de organismos del Estado provincial, según corresponda y en la medida de sus posibilidades.

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