Fabiola Yañez denunció que Alberto Fernández sigue hostigándola
|Si bien el juez Julián Ercolini le ordenó a Alberto Fernández que “cese el hostigamiento”, y le prohibió cualquier tipo de comunicación directa o indirectamente con Fabiola Yañez. La ex primera dama denunció que continuó recibiendo mensajes desde el teléfono del ex presidente y de terceras personas. De corroborarse, podría sumar una nueva causa penal por el delito de desobediencia.
El 6 de agosto a las 19:47 horas Alberto Fernández en su domicilio de Puerto Madero, fue notificado de las medidas cautelares que le impuso el juez federal después de escuchar a Fabiola Yañez decir, en tres ocasiones, que por propia voluntad quería denunciar al ex presidente por violencia de género. La figura penal es lesiones leves reiteradas y con el devenir de la investigación se determinará si las mismas podrán calificarse de graves.
Entre las medidas que le fueron notificadas, junto a la acusación que pesa sobre él, se le leyó lo siguiente: “Se ordena a Alberto Ángel Fernández que cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia Fabiola Andrea Yañez, tanto en el espacio analógico como en el digital”.
En ese acto formal de notificación, se le dijo que debía cesar “los actos perturbatorios” y se le pidió “la promesa de someter al procedimiento y de no obstaculizar la investigación”.
Las medidas precautorias adoptadas por el juzgado responden a “los graves hechos denunciados” por Fabiola Yañez, “sumado al contacto amenazante que ha expresado que ocurrió actualmente”.
Pese a lo dispuesto por la justicia federal, Alberto Fernández habría continuado con el hostigamiento hacia la ex primera dama.
Fabiola Yañez manifestó ante la Fiscalía que los días 6 y 7 de agosto, con la causa penal en curso y las medidas restrictivas dictadas por el juez Ercolini, el ex Presidente de la Nación continuó escribiéndole en tono amenazante e intimidatorio.
Según informó ante la Fiscalía, la ex primera dama “recibió mensajes directos de su supuesto agresor Alberto Fernández y comunicaciones de terceros a requerimientos de él”. En el dictamen fiscal se especificó que fueron mensajes “intimidatorios que estaría recibiendo en su celular desde el abonado perteneciente al denunciado”.
Ante la información proporcionada por Yañez es que el fiscal Rívolo pidió que se secuestre el celular del ex presidente. “Esto demuestra que a pesar de las medidas que impuso el juez y notificó personalmente al denunciado para que cesara las perturbaciones e intimidaciones tanto directa como indirectamente por cualquier medio hacia la víctima, habría persistido en su actitud incumpliendo la manda judicial, toda vez que habría continuado hostigando a la víctima a través de mensajes enviados desde su teléfono y/o mensajes”.
La Justicia federal sospecha que dentro de los dispositivos electrónicos que posee Alberto Fernández, “podrían existir tanto elementos de prueba fundamentales para corroborar los hechos denunciados como así también los elementos para determinar si el agresor incumplió con las medidas cautelares impuestas”.
El celular, la tablet y un pendrive que tenía Alberto Fernández en el departamento de Puerto Madero, ya se encuentran bajo custodia judicial. Cuando sean peritados, y de corroborarse lo que Yañez dijo respecto a que el hostigamiento continuó incluso cuando había medidas restrictivas dictadas, le representaría al exjefe de Estado otra causa penal.
Se trata del delito de violación de una orden judicial. No se investigaría en el marco del expediente que se encuentra en el fuero federal por violencia de género, sino que tramitará en la justicia ordinaria. La pena de no obedecer las medidas precautorias ordenadas por el juez Ercolini en este caso, va desde 15 días a un año de cárcel.
Las medidas impuestas por el juzgado fueron la prohibición de acercamiento a una distancia inferior a los quinientos (500) metros de Fabiola Yañez, “de su domicilio sito en la ciudad de Madrid, del Reino de España, o en cualquier otro lugar en el que se encuentre la nombrada, desempeñe actividades laborales, educativas, recreativas o de asidua concurrencia, y de contacto absoluto con aquélla a través de cualquier vía; medida que rige desde la fecha y hasta tanto dure la tramitación de la presente causa y/o se disponga lo contrario”.
La prohibición de acercamiento incluyó no sólo suspender todo tipo de contacto físico, sino también telefónico -por línea fija y/o celular-, por correo electrónico, sistema de mensajería de texto y/o voz a través de cualquier plataforma, por vía de terceras personas y/o por cualquier otro medio que signifique intromisión injustificada con relación la ex primera dama.