Consejo del Salario Minimo: no hubo acuerdo y volverá a laudar el Gobierno
|Las representaciones empresarias y sindicales no alcanzaron este jueves un acuerdo en el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) por lo que “el titular del Consejo por parte de la Secretaría de Trabajo, Martín Huidobro, informó en la sesión plenaria este resultado y comunicó que próximamente este organismo informará el laudo correspondiente”, según informó esa Secretaría, como pasó en febrero y mayo de este año.
El objetivo de la reunión era fijar el valor del SMVM y de la prestación por desempleo. La representación empresaria ofreció ajustar el actual valor ( $ 234.315 mensuales o $ 1.171 la hora) por los siguientes 4 meses ( julio-octubre) según la evolución del IPC del mes anterior. Por ejemplo, el de julio, un 4,6% ( IPC junio) .
Por su parte, la representación sindical planteó fijar el valor de julio por 2 meses arrancando en $ 480.000 este mes y del agosto segun el IPC.
El último valor del SMVM es de mayo-junio $ 234.315 o $ 1.171 la hora. En consecuencia, la duda es si el laudo del Gobierno fijará un nuevo valor a partir de julio o agosto o el aumento será retroactivo a junio.
La inflación a junio fue del 79,8%, mientras que el SMVM se incrementó en el semestre un 50,2% (pasó de $ 156.000 a $ 234.315). Representa un deterioro del 16,5%.
Segun CIFRA ((Centro de Investigación y Formación de la República Argentina) por la pérdida de poder de compra del salario mínimo desde fines de 2015 a la fecha, en el actual mes de julio este salario hubiera sido de $ 540.000″.
El Informe agrega que “el retroceso histórico se evidencia también en la comparación del salario mínimo con las líneas de pobreza y de indigencia. Este salario sólo sería suficiente en julio para comprar el 56,8% de la canasta básica de alimentos que define la línea de indigencia para una familia tipo y un 25,6% de la canasta de pobreza, relaciones comparables a las vigentes en la crisis final de la convertibilidad en 2001/2002″.
En la anterior reunión del Consejo, el Gobierno terminó fijando el valor del salario mínimo de abril y mayo 2024 ante la falta de acuerdo entre los representantes empresarios y sindicales. También en febrero, en el primer encuentro de este año del Consejo, laudó la Secretaría de Trabajo. Y fijó, “salteando” el mes de enero, los valores de febrero y marzo.
El salario mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales.
Además, determina que los que se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del SMVM.
También impactaba en enero y julio en la exención del impuesto a las Ganancias para los trabajadores que ganaran menos de 15 SMVM. Y sobre el mayor ingreso neto imponible acumulado sobre el excedente de 15 SMVM. Tras la votación en el Congreso, esta norma quedó derogada.
Por su parte, la Prestación por Desempleo se fijó en el equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo.