El Banco Central dispuso el fin de las emisiones de Lediv
|El Banco Central dispuso este jueves el fin de las emisiones de Lediv, un instrumento atado a la variación del tipo de cambio oficial que fue creado hace más de un año para empresas que liquidan divisas en el mercado único y libre de cambios (MULC).
La decisión fue oficializada a través de la Comunicación “A” 7898, que dejó sin efecto la comunicación “A” 7897 del lunes pasado en la que se autorizaba a suscribir Lediv únicamente a bancos con depósitos “dólar linked”, petroleras que hayan aumentado su producción y a mipymes importadoras de bienes.
Esa decisión generó controversias y cuestionamientos por parte de las empresas y sectores quedaban sin poder hacerse del instrumento.
La Comunicación del BCRA también derogó todas las normas previas que reglamentaban la operatoria de las Lediv.
Ellas eran las Comunicaciones “A” 7557, “A” 7774, “A” 7788, “A” 7803, “A” 7829, “A” 7842, “A” 7885, “A” 7892 y “A” 7897.
A través de la medida de este jueves, la autoridad monetaria subsanó el entredicho y cerró la posibilidad de que las empresas que aún estaban habilitadas se suscriban al instrumento.
Las suscripciones a Lediv venían registrando un importante aumento en las últimas semanas, y acumularon un stock superior a los US$5.000 millones, según analistas del mercado.
“El Banco Central dispuso este jueves el fin de las emisiones de Lediv, un instrumento atado a la variación del tipo de cambio oficial que fue creado hace más de un año para empresas que liquidan divisas en el mercado único y libre de cambios (MULC)”.
En efecto, la Comunicación del BCRA dispuso que “las entidades financieras no están obligadas a ofrecer nuevas imposiciones en cuentas a la vista ni a plazo cuya retribución esté basada en la variación de la cotización del dólar estadounidense”.
La medida precisó además, que “las empresas importadoras de productos de consumo masivo que ingresaron en el programa Precios Justos y mantienen stock de Lediv, previo a requerir el pago, deberán presentar un certificado a la entidad financiera en la que se suscribieron al instrumento”.
El documento, que deberá presentarse a partir del 7 de diciembre de 2023, será emitido por la Secretaría de Comercio y tendrá la fecha hasta la que se encontraron vigentes y fueron cumplidos los acuerdos suscriptos en el marco del programa de precios.