Revisión técnica obligatoria de vehículos suspendida
|La Dirección de Transporte y la Policía informan que, dado que en Entre Ríos está suspendida la revisión técnica obligatoria vehicular por el Decreto 4.331, del 5/10/98, no es exigible dicha revisión por otras jurisdicciones. Se aclaró que para quien viaje a otras provincias o a Capital Federal, deberá gestionar las constancias respectivas en ambos organismos.
Ello está normado por Ley nacional nº 24.449 de tránsito y seguridad vial y su decreto reglamentario nº 779/95 (cap. II, art.34 inc. 7 y 8), que establecen que: “Será autoridad jurisdiccional de un vehiculo particular de categoría L, M1, N1 U O1 la que rija de acuerdo a su lugar de radicación”.
Además, que “cada vehículo dependerá de sólo una autoridad jurisdiccional y deberá realizar la revisión técnica obligatoria en los talleres que funcionen bajo su órbita”.
Se aclaró que la no exigencia de la revisión técnica es exclusivamente para los vehículos encuadrados dentro de las categorías M1 (transporte de pasajeros hasta ocho asientos) y N1 (transporte de carga hasta 3.500 kgs. De peso máximo), afectados a un estricto uso particular.
Para quien viaje a otras provincias o a Capital Federal ambos organismos extienden las constancias respectivas, que son sin costo y tienen una vigencia de 120 días corridos.
Quien las requiera podrá concurrir en Paraná, a la Dirección de Transporte, sita en calle Santa Fe nº 278, de 7.30 a 12.30; y en otras localidades a los puestos camineros de la Policía provincial durante las veinticuatro horas.
Son requisitos indispensables el documento de identidad del titular del vehículo y la tarjeta verde del mismo, donde conste la radicación en la provincia.