Ley de Medios: plazos para emisoras
|La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) fijó plazos para que las emisoras que transmiten en red con canales o radios de otros lugares, presenten sus programaciones conforme a los parámetros de la nueva legislación, que fija topes para la retransmisión de contenidos y también pisos de producción local.
El director nacional de Supervisión y Evaluación de la Afsca, Gustavo Bulla, informó a que los canales de TV tendrán que tener al menos “un 30% diario de programación local”.
A través de la resolución 464, de diciembre pasado, la Autoridad Federal puso plazos de diez días por mes desde marzo a junio para la TV y de mayo a julio para la radio, a fin de que los titulares de licencias presenten sus solicitudes de constitución de redes con emisoras de otros lugares.
Para los medios provinciales, rigen los lapsos establecidos en las categorías “C” (localidades menores de 600 mil habitantes) y “D” (menos de 30 mil). Las estaciones de televisión categoría C tendrán que hacer la presentación entre el 1 y el 10 de mayo y los de la D entre el 1 y el 10 de junio. En tanto, las estaciones de radio de la primera categoría tendrán que presentar la información de la cadena entre el 1 y el 10 de junio y los de la segunda, entre el 1 y el 10 de julio.
Dentro de los requisitos de la red, figuran los que impuso, en primer lugar, la ley de medios, que en su artículo 63 establece tres condiciones:
a) La emisora adherida a una o más redes no podrá cubrir con esas programaciones más del treinta por ciento de sus emisiones diarias;
b) Deberá mantener el 100% de los derechos de contratación sobre la publicidad emitida en ella;
c) Deberá mantener la emisión de un servicio de noticias local y propio en horario central.
En segundo lugar, rige la reglamentación de la norma introducida a través del decreto 1225/10, donde se impone una lista de requisitos para el medio que solicita constituir la red:
a) Identificar la(s) estación(es) cabecera(s);
b) Las emisoras integrantes de la red;
c) Tipo de prestador;
d) El plazo de la contratación;
e) Los porcentajes de retransmisión;
f) Los horarios de transmisión simultánea;
g) La programación a retransmitir;
h) La programación de cada emisora.
Los medios “tienen que solicitarnos autorización para armar transmisión en red estos horarios, con estos programas y estas emisoras”, dijo Bulla en diálogo con APF.
Esta simultaneidad no podrá superar el 30% de las transmisiones diarias de cada uno de los canales y radios. Sin embargo, los medios provinciales podrán pasar programas enlatados de otros en distinto horario al de su emisión original. Bulla indicó que la TV, por caso, podrá comprar programación de canales porteños y emitirlos en una franja horaria diferente.
“Eso que compren y lo pasen en otro horario, les suma para el requisito de emitir un piso del 60% de producción nacional. Los canales tendrán que tener también un 30% de producción propia diaria”, apuntó.
Bulla aclaró que el límite del 30% de material en directo de la cadena, no implica que el resto tenga que ser producido íntegramente en forma local. Ese piso está, como ya dijo, en el 30%, porcentaje para en el cual se podrá considerar incluidos durante el primer año a los noticieros propios. A partir del segundo “los noticieros no podrán exceder el 50% de la producción propia”, puntualizó.
“El problema histórico de la televisión argentina es que los canales del interior lo único que producen son los noticieros y el resto es todo de Buenos Aires”, contó.
Otro inconveniente de larga data pasa por las radios que se transforman en repetidoras de las de Capital Federal, principalmente. “Las emisoras de radio que son repetidoras de las de Capital, solamente podrán ‘engancharse’ en el 30% de la programación”, agregó.
Además, Bulla recordó que la división entre contenido y espacio comercial debe estar perfectamente diferenciado (en los medios nacionales se ve u oye un separador que indica “espacio publicitario”) y que esa prescripción alcanza también a los medios locales, que no siempre lo ponen en práctica. El que no cumple con este mandato “está fuera de la ley”, sentenció el funcionario.