Memorando con Irán: el Tribunal entra en etapa de definición sobre el juicio
|La causa por la firma del Memorando con Irán por el atentado a la AMIA entró en etapa de resolución por parte del Tribunal Oral Federal 8, tras el final de la audiencia pública donde se debatieron planteos de las defensas, vinculados a la nulidad de la reapertura del caso e inexistencia de delito.
Los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michilini dieron por cerrada la ronda de exposiciones el miércoles pasado, tras seis jornadas de audiencia oral y pública convocadas a pedido de la defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, una de las procesadas en la causa.
“Disparate judicial, institucional y político”, definió la expresidenta el 16 de julio pasado, como primera expositora en la audiencia, a la causa abierta por denuncia del fallecido fiscal federal Alberto Nisman.
Tanto su defensa a cargo del abogado Carlos Beraldi como la de otros imputados, reclamaron la nulidad de la decisión de reabrir la investigación, tomada el 29 de diciembre de 2016 por la Cámara Federal de Casación.
Para ello se basaron en lo que sostienen son nuevos elementos surgidos a partir de revelarse visitas al expresidente Mauricio Macri de dos de los jueces que firmaron ese fallo, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos.
Esto habría violado la garantía del juez natural del caso y de independencia judicial, argumentaron los abogados.
El Tribunal tendrá que decidir entre dos posturas: la del fiscal de juicio Marcelo Colombo, quien pidió rechazar los planteos por no considerar fundado un temor de pérdida de imparcialidad de ambos camaristas y seguir camino a un futuro juicio oral.
Las defensas, por el contrario, reclaman la nulidad de todo lo actuado y los sobreseimientos por violación de la garantía de juez imparcial e independencia judicial.
Pero a este planteo se adicionó otro, de excepción por falta de acción por inexistencia de delito, que el TOF8 decidió incorporar a la audiencia para resolver todo junto por razones de “economía procesal”.
Eso dio lugar la semana pasada a una última jornada en la cual por primera vez se presentó la querella de familiares de víctimas del atentado del 18 de julio de 1994 que causó 85 muertos en Pasteur 633.
Se trata del pedido de cierre de la causa por inexistencia de delito con sobreseimientos a todos los acusados.
Sobre este punto la fiscalía volvió a pedir el rechazo, al igual que la querella representada por el abogado Tomás Farini Duggan.
Los defensores argumentaron que no hubo delito, porque el Memorandum nunca entró en vigencia, y las circulares rojas de Interpol con pedido de captura internacional para los ciudadanos iraníes acusados siguen vigentes y nunca dejaron de estarlo.
En desacuerdo, el fiscal Colombo argumentó que todavía restan “numerosas pruebas a producirse en el debate”, que según su interpretación no hay “cuestiones novedosas” y que el Tribunal admitió unos 300 testigos, de los cuales 50 nunca declararon en el caso.
En particular aludió al entonces titular de Interpol Ronald Noble y al responsable legal del organismo internacional Joel Sollier porque “queremos saber qué fue lo que sucedió dentro” del organismo internacional, dijo el fiscal en la última jornada de la audiencia.
Las posturas de fiscalía y querella fueron rebatidas en esa misma jornada por las defensas y uno de los procesados, el viceministro de Justicia de la Nación Juan Martín Mena, habló de manera directa al Tribunal para ratificar que hay “prueba nueva” sobre la inexistencia de delito.
“No se tuvieron en consideración las comunicaciones del canciller (Héctor) Timerman a Interpol ni la respuesta del director de Asuntos Jurídicos Joel Sollier donde quedó perfectamente claro cuál había sido el rol de las autoridades argentinas y cuál era la consideración jurídica de Interpol sobre el status de las alertas rojas”, remarcó.
Mena adhirió a los argumentos del defensor del procurador del Tesoro Carlos Zannini, Mariano Fragueiro Frías.
“Acá estamos hablando de un tratado que está facultado a hacer el Poder Ejecutivo, pasó por el Congreso que lo aprobó”, el abogado.
La denuncia de Nisman por supuesto “encubrimiento agravado” a raíz del tratado firmado en 2013 y que, según sostuvo, habría buscado el cese de las alertas rojas de captura internacional contra ciudadanos iraníes acusados por el ataque del 18 de julio de 1994, fue cerrada por “inexistencia de delito” en febrero de 2015 por el juez federal Daniel Rafecas.
Esa decisión del juez de primera instancia fue confirmada después por la Cámara Federal porteña y en mayo de 2016 por Casación, porque el fiscal ante esa instancia, Javier De Luca, no mantuvo la apelación y también evaluó que “no hubo delito”
Sin embargo, el 29 de diciembre de 2016, el máximo tribunal penal federal del país con los votos de Borinsky, Hornos y Ana María Figueroa reabrió la causa.
La investigación quedó a cargo del fallecido juez federal Claudio Bonadio, quien llevaba otra denuncia vinculada a los mismos hechos, por supuesta “traición a la Patria”, delito luego descartado.
Tiempo después Bonadio procesó a la expresidenta, a Zannini, Mena, al actual senador Oscar Parrilli, al fallecido excanciller Héctor Timerman, al exvicecanciller Eduardo Zuain, a la exprocuradora de Tesoro Angelina Abbona y a Luis D’Elia, Fernando Esteche y Jorge Khalil.
La decisión que tome el Tribunal Oral que prepara el juicio podrá ser apelada por cualquiera de las partes ante la Cámara Federal de Casación.
Fuente: Karina Poritzker – Ámbito.-