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Recargo del 30% al dólar: qué operaciones quedaron alcanzadas y cuáles no

La recientemente sancionada Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva enumera las operaciones que van a estar alcanzadas por el dólar turista, es decir que van a tener -durante los próximos cinco años por lo menos- un recargo del 30% respecto del dólar oficial. También, las excepciones.

 

El texto del proyecto, tal como está redactado, aún plantea varios interrogantes que serán develados cuando se conozca su reglamentación, en la que se trabajó este fin de semana.

 

Pero, por lo pronto, para evitar un aluvión judicial, quedaron exceptuados de pagar el recargo, todas las compras hechas antes de que haya sido sancionada la Ley, o sea hasta el 21 de diciembre. Estas son algunas claves para tener cuenta antes de comprar un bien en el exterior o contratar un servicio turístico.

 

Paquetes turísticos

El impuesto del 30% se aplica a la compra de servicios en el exterior que se contraten a través de agencias de viajes y turismo –tanto mayoristas como minoristas– del país. Esto fue cuestionado por las agencias locales, quienes pidieron una alícuota diferenciada del 15%. En el sector argumentan que esto genera una disparidad en el mercado ya que, quienes contraten servicios por Booking, por ejemplo, podrán pagar lo contratado, en el lugar de destino y en efectivo, sin pagar el impuesto. “La gente va a terminar usando el dólar blue en sus viajes al exterior y no va a utilizar más la tarjeta de crédito”, explica Gustavo Hani, titular de la Federación de Agencias de Viaje (FAEVyT). En cambio, se verían afectadas las agencias minoristas tradicionales, como también algunas plataformas virtuales que están habilitadas legalmente para operar en el país, como Atrápalo, Despegar, Al Mundo y Viajo Bien, entre otras.

 

El costo extra, además, también se va a aplicar sobre los alquileres temporarios dentro de la Argentina pero contratados a través de plataformas globales, del tipo AirBnb.

 

Pasajes al exterior

También pagarán el 30% adicional, los pasajes terrestres, aéreos y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país. A este texto original se agregó: “En la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación”. Es decir, que el impuesto alcanza a las ventas de todas las empresas, menos, a priori, a las de Aerolíneas Argentinas y Lan Argentina, porque además de cobrar las tarifas en pesos, no tienen que girar sus dividendos al exterior. Ahora falta ver cuál será, en la reglamentación, el alcance exacto de la medida.

 

Pasajes al exterior, a ciudades limítrofes

Quedaron exceptuados del 30% los viajes al exterior “cortos”, entre ciudades limítrofes, como entre Posadas (Misiones) y Encarnación (Paraguay), siempre que se paguen en pesos.  Es decir que las operaciones que no impliquen cambio de divisas quedarán excluidas. Pero como quedó redactada, la norma no especifica que los viajes sean entre ciudades limítrofes.

 

Compra de moneda extranjera

Otros segmentos alcanzados por el pago del tributo del 30%, son las compras de billetes y divisas en moneda extranjera –incluidos los cheques de viajero.

 

Compras on line​

El recargo también se aplica a las compras efectuadas a través de portales virtuales como Amazon, Ebay y Alibabá.  O “con cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera”, señala el Proyecto.

 

En el caso de los servicios contratados con empresas del exterior, el recargo se va a concretar en la fecha de cobro del servicio, tanto si se paga en forma total o en cuotas. En este último caso, el monto del 30% se aplicará en su totalidad con el primer pago.

 

Abonos de streaming

Finalmente, también se pagarán según el “dólar turista”, algunos servicios masivamente consumidos como Netflix, Spotify y Youtube y otros servicios online o de streaming pero que se facturan desde el exterior. También en este caso, como no se conoce la reglamentación del nuevo impuesto, no se sabe si se aplicará sobre el precio final, incluido el 21% del IVA.