Maran Suites & Towers

Detuvieron en Buenos Aires al prefecto acusado de asesinar al joven mapuche Rafael Nahuel

La madrugada del 25 de noviembre de 2017, el cabo 1º del equipo especial Albatros de Prefectura Naval Argentina, Francisco Javier Pintos, entró a los tiros junto con un grupo comando en el territorio considerado sagrado por la comunidad mapuche de Villa Mascardi y, se sospecha, mató al joven Rafael Nahuel, de 22 años, que estaba desarmado y de espaldas. Un año, seis meses y 15 días más tarde, el agente fue detenido en su casa del barrio bonaerense de San Fernando, acusado de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, y va camino a un juicio que podría terminar con una condena de entre 10 y 33 años de prisión.

 

La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado ejecutó el último lunes la orden “urgente” que le envió su colega de Bariloche, Leónidas Moldes, ese mismo día. Fue como consecuencia de una decisión en el plano superior del Poder Judicial, comunicada el 15 de mayo pasado, cuando la Cámara Federal de General Roca había ratificado la “prisión preventiva” de Pintos.

 

De este modo, la hipótesis de que entre la comunidad mapuche y el grupo Albatros hubo un enfrentamiento pierde fuerza. Y de hecho, hubo un fuerte cuestionamiento de los jueces de la Cámara hacia el Gobierno nacional, específicamente apuntado al Ministerio de Seguridad, conducido por Patricia Bullrich.

 

“Se publicaron declaraciones del más alto nivel cuestionando a la judicatura, o las medidas probatorias dispuestas o, lisa y llanamente, sentenciando –mediáticamente– que el o los funcionarios implicados no han cometido delito y que son inocentes”, remarcó la Cámara, en relación a la la presión y la celeridad con que, desde el Ejecutivo, cuestionaron el trámite judicial e intentaron instalar una única versión.

 

Pintos tiene 30 años y nació en Formosa. Desde el lunes está alojado en una celda de un destacamento de la Policía Federal en San Isidro y será trasladado a una cárcel federal de Capital o Provincia de Buenos Aires, según dispuso Moldes, que no está definida todavía.

 

Aquella madrugada de noviembre, los cinco integrantes del Grupo Albatros de Prefectura Naval dispararon al menos 114 tiros. Pinto fue uno de dos agentes que dispararon 40 y 30 veces sus ametralladoras MP5 o las pistolas Beretta, todas calibre 9 milímetros, contra un grupo de 24 personas mapuches que viven allí.

 

Lo que no se sabe es por qué lo hizo. Nahuel estaba de espaldas y desarmado. Recibió un tiro que entró por su glúteo izquierdo y se quedó alojada en su tórax.

 

Según contaron los mapuches a Infobae, todos vieron el crimen. “Eso fue un mensaje para nuestra gente mapuche, que se viene levantando. Y un mensaje para nosotros acá, de lo que son capaces de hacer. Pero no retrocedemos a las balas del Estado ni las del hombre blanco. Vamos a morir dignamente acá, peleando, tirando piedras”, advirtió uno de los líderes de la comunidad, conocido como Coihue, quien relató: “Fue un enfrentamiento entre armas de ellos, con balas, y piedras nuestras. Si yo hubiera tenido un arma no tengo tanta mala puntería, voy y le pego un tiro en la cabeza al que mató a Rafael. Los locos nos cagaron a tiros. Vinieron, les pegaron a las mujeres, les tiraron gas pimienta a los niños”.

 

A pesar de las declaraciones de varios prefectos, que aseguraron que vieron “armas de fuego” entre los integrantes de la comunidad mapuche de Villa Mascardi, la investigación no logró determinarlo.

 

No obstante, la defensa de Pintos, encabezada por el ex funcionario del Ministerio de Seguridad bonaerense de Cristian Ritondo, Marcelo Rocchetti, apeló ante la Cámara Federal de General Roca la prisión preventiva y cuestionó el procesamiento. Pero el planteo fue rechazado por los jueces y eso definió, de alguna manera la suerte del prefecto.

 

Casi un mes más tarde, Moldes definió que Pintos debía ir preso en su resolución debido a “la pena en expectativa que se cierne (…), la objetiva y provisional valoración de las características del suceso investigado en estas actuaciones, cuya gravedad, repercusión social y singularidad ha sido reafirmada por la Alzada (…), la carencia de arraigo en la jurisdicción por parte de Francisco Javier Pintos y el avanzado estado de la instrucción en relación al causante”.