Los bancos podrán embargar la cuenta sueldo para cobrar préstamos
|El Gobierno estableció que podrán embargarse las cuentas sueldo para el cobro de préstamos, según surge del decreto de simplificación y desburocratización que incluye varios cambios regulatorios para el sistema financiero. El monto que se podrá embargar será “el equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses”.
Por ejemplo, si un trabajador tiene un salario de 30.000 pesos, el embargo debe aplicarse a partir de lo que exceda los 90.000 pesos, según una explicación dada a conocer por el Banco Central (BCRA). Hasta ahora, una modificación a la Ley de Contrato de Trabajo hecha en 2016 establecía que los embargos sobre los salarios debían reclamarse al empleador para que hiciera las retenciones, es decir que los bancos no podían aplicarlos directamente sobre las cuentas sueldo.
Según explicó BCRA, permitir esos embargos “aumentará la calidad crediticia y el acceso al crédito de alrededor de nueve millones de titulares” de este tipo de cuentas, ya que ahora los bancos podrán cobrar sus préstamos en casos de incumplimiento. El comunicado de la autoridad monetaria señala que al reducirse los riesgos a los que están expuestas las entidades bancarias, generará un aumento en el otorgamiento de créditos, con mayores montos y tasas más bajas. El decreto de simplificación y desburocratización del Estado señala que “al establecer la inembargabilidad de manera objetiva sobre la cuenta y no sobre el salario se reduce la calidad crediticia de los ahorristas que únicamente poseen una cuenta sueldo y (se) perjudica su acceso al crédito”.
El BCRA sostuvo que esa limitación lleva a que los bancos reduzcan la oferta crediticia sobre los titulares de cuentas sueldo. “Al hacer la evaluación de riesgo, al cliente que no le puedan embargar la cuenta, le ofrecerán peores condiciones, tanto en tasa de interés como en montos de los créditos”, sostuvo el BCRA. La entidad señaló que el decreto también “habilita nuevos métodos para la celebración a distancia de contratos de tarjeta de crédito, cheque, letra de cambio y pagaré. Informó que “se incorpora el saldo de boleto de compraventa como uno de los instrumentos de financiación que podrán celebrarse en UVA o en UVI. De esa manera, los desarrolladores podrán otorgar préstamos desde el pozo a una cuota menor y actualizable”.
El decreto modificó también la ley de casas y agencias de cambio para brindar más flexibilidad al sistema para que se puedan hacer operaciones “a toda hora, en lugares comunes y cualquier día de la semana” y elimina trámites burocráticos para la exportación de billetes extranjeros”. El BCRA señaló que el megadecreto eliminó el tope regulatorio a la tasa que remunera los depósitos bancarios alcanzados por el sistema de garantía de los depósitos.
Hasta ahora, si alguien depositaba pesos en un banco que le pagaba una tasa más de dos puntos encima que la ofrecida a un plazo similar por el Banco Nación, sus fondos quedaban fuera de la garantía del sistema de seguros de depósitos. Ese límite fue eliminado, pero la cobertura de los depósitos se mantiene hasta un máximo de $ 450.000.
. El monto que se podrá embargar será “el equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses”.
Por ejemplo, si un trabajador tiene un salario de 30.000 pesos, el embargo debe aplicarse a partir de lo que exceda los 90.000 pesos, según una explicación dada a conocer por el Banco Central (BCRA). Hasta ahora, una modificación a la Ley de Contrato de Trabajo hecha en 2016 establecía que los embargos sobre los salarios debían reclamarse al empleador para que hiciera las retenciones, es decir que los bancos no podían aplicarlos directamente sobre las cuentas sueldo.
Según explicó BCRA, permitir esos embargos “aumentará la calidad crediticia y el acceso al crédito de alrededor de nueve millones de titulares” de este tipo de cuentas, ya que ahora los bancos podrán cobrar sus préstamos en casos de incumplimiento. El comunicado de la autoridad monetaria señala que al reducirse los riesgos a los que están expuestas las entidades bancarias, generará un aumento en el otorgamiento de créditos, con mayores montos y tasas más bajas. El decreto de simplificación y desburocratización del Estado señala que “al establecer la inembargabilidad de manera objetiva sobre la cuenta y no sobre el salario se reduce la calidad crediticia de los ahorristas que únicamente poseen una cuenta sueldo y (se) perjudica su acceso al crédito”.
El BCRA sostuvo que esa limitación lleva a que los bancos reduzcan la oferta crediticia sobre los titulares de cuentas sueldo. “Al hacer la evaluación de riesgo, al cliente que no le puedan embargar la cuenta, le ofrecerán peores condiciones, tanto en tasa de interés como en montos de los créditos”, sostuvo el BCRA. La entidad señaló que el decreto también “habilita nuevos métodos para la celebración a distancia de contratos de tarjeta de crédito, cheque, letra de cambio y pagaré. Informó que “se incorpora el saldo de boleto de compraventa como uno de los instrumentos de financiación que podrán celebrarse en UVA o en UVI. De esa manera, los desarrolladores podrán otorgar préstamos desde el pozo a una cuota menor y actualizable”.
El decreto modificó también la ley de casas y agencias de cambio para brindar más flexibilidad al sistema para que se puedan hacer operaciones “a toda hora, en lugares comunes y cualquier día de la semana” y elimina trámites burocráticos para la exportación de billetes extranjeros”. El BCRA señaló que el megadecreto eliminó el tope regulatorio a la tasa que remunera los depósitos bancarios alcanzados por el sistema de garantía de los depósitos.
Hasta ahora, si alguien depositaba pesos en un banco que le pagaba una tasa más de dos puntos encima que la ofrecida a un plazo similar por el Banco Nación, sus fondos quedaban fuera de la garantía del sistema de seguros de depósitos. Ese límite fue eliminado, pero la cobertura de los depósitos se mantiene hasta un máximo de $ 450.000.