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Se modifican vencimientos para la recategorización en impuestos declarativos

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) informó que se modificaron los vencimientos para la recategorización de impuestos declarativos. Se trata del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el correspondiente a las Profesiones Liberales. Se podrán efectuar durante los meses de mayo, septiembre y enero. También recordaron la vigencia de las nuevas categorías del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos vigentes desde mayo.

 

Desde el área de Impuestos de ATER se indicó este lunes los nuevos vencimientos establecidos para la recategorización en el Régimen Simplificado de ambos impuestos. Según lo establecido en la Resolución Nº 110/17 ATER desde mayo las mismas se deberán llevar a cabo por cuatrimestre calendario vencido, estableciendo el 31 de mayo el vencimiento del primer cuatrimestre (enero-abril); el 30 de septiembre el correspondiente a segundo (mayo-agosto) y el 31 de enero el correspondiente a tercero (septiembre-diciembre).

 

Asimismo, se recordó que a partir del mes de mayo se encuentran en vigencia las nuevas categorías del Régimen Simplificado para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos parámetros fueron adecuados a las categorías del monotributo en AFIP (hasta la H inclusive). En ese marco, desde el organismo se señaló que a partir del cambio se podrán incorporar en el Régimen aquellos contribuyentes que tengan una facturación anual de hasta 700.000 pesos, una superficie afectada hasta 200 m2, 20.000 Kw de energía eléctrica consumida y hasta 126.000 pesos de alquileres devengados anuales.

 

Asimismo, se informó que a partir de la cuota mensual de mayo fueron actualizados los importes a pagar de las diferentes categorías del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por lo cual se sugirió a los contribuyente verificar los nuevos parámetros a fin de permanecer o cambiar de categoría, contemplando que su efecto será a partir de la cuota mensual de junio.

 

Finalmente, se recordó que los nuevos esquemas de categorías se pueden consultar desde la web de ATER y tal disposición, excluye a los contribuyentes de Régimen Simplificado del Impuesto a las Profesiones Liberales.