Documentos válidos para votar
|Tanto en las Primarias de agosto, como en las Generales de octubre, se podrá votar con cualquier documento identificatorio, siempre que se encuentre en buen estado y sea el último tramitado por el ciudadano. En el padrón, sólo aparecen las fotos de los electores que tramitaron un nuevo ejemplar de DNI antes del 28 de abril de este año.
Para las Elecciones Primarias del 9 de agosto de 2015 y las Generales del 25 de octubre, se podrá votar con cualquier documento identificatorio siempre y cuando se encuentre en buen estado y sea el último tramitado por el ciudadano, aun cuando lleve impresa la leyenda “No válido para votar”, recordó la Cámara Nacional Electoral.
Los documentos habilitados son: Libreta de enrolamiento/libreta cívica; DNI libreta verde; DNI libreta celeste; Tarjeta del DNI libreta celeste; Nuevo DNI tarjeta.
De todos modos, “no se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Si se admitirá el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón”, explicó el organismo.
El elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta cívica siempre que no haya gestionado el DNI. También podrá votar si se presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que se le otorgó un duplicado. No podrá hacerlo, cuando se presente a votar con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta.
Para las Elecciones Primarias y nacionales, “no es obligatorio el cambio del DNI, deberá utilizar el que tiene actualmente, siempre y cuando el estado del mismo sea bueno”.
Por otro lado, se informó que solamente aparecerán en el padrón las fotos de electores que hayan tramitado un nuevo ejemplar de su DNI antes del 28 de abril de 2015.